La empresa demostró que satisfizo la petición del accionante de la tutela, por lo que el administrador de justicia considera el caso como hecho superado.
El Juzgado Sexto Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Santa Marta, emitió el oficio 0545, por medio del cual se ordena a través de un auto a inaplicar la sanción de cinco días de arresto; así como, una multa de 3 Salarios Mínimos Legales Vigentes, que le había impuesto al agente especial interventor de la Empresa de Servicios Públicos del Distrito, Jorge López Echeverry; por un supuesto desacato de una orden judicial proferida desde el 25 de abril de 2024. Esto producto de las razones y argumentos de la representación legal de Essmar E.S.P.
Consecuentemente, en el mismo oficio, firmado por el secretario de dicho Juzgado Glen Ospino Martínez, se ordena la cancelación de la orden de captura, dirigida a través de oficio al comandante de la Seccional de Investigación Judicial y Criminal -SIJIN- de Santa Marta, en contra de Jorge López, agente especial de Essmar.
“Se demostró por parte de los funcionarios de la empresa, a través de Subgerencia de Acueducto y Alcantarillado que se satisfizo la petición del accionante; configurándose así, un hecho superado; es decir, que los actos que amenazaron o vulneraron derechos fundamentales, desaparecen y dejan de constituirse en riesgo para el ejercicio de los derechos, por tal razón, la acción de tutela pierde su razón de ser”, explicó la Essmar a través de un comunicado.