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Colombia

Condenan a la Fiscalía por detención injusta de supuestos miembros de las Farc

Un informe de inteligencia de la SIJIN fue la prueba para que la Fiscalía vinculara en una investigación a tres personas en Popayán, Cauca, por un supuesto enlace con la hoy extinta guerrilla de las FARC . Según el reporte John Paulo Quijano, Hernando Castillo Muñoz y Jairo Orlando Ponce eran integrantes de la columna móvil Jacobo Arenas del desmovilizado grupo armado.

En 2003, el ente acusador abrió la investigación en la cual obtuvo el testimonio de Efraín Chate, quien manifestó ser comerciante de ropa, e indicó que por su labor había estado presente en las tomas que las FARC habían realizado en el Cauca, y que durante las mismas, había visto que Castillo Muñoz tenía como función transportar, en un campero Toyota rojo, hasta los hospitales más cercanos a los guerrilleros heridos en combate.

En cuanto a Quijano y Ponce, Chate no hizo ningún pronunciamiento. En otros testimonios el ente acusador conoció los de Jorge Eliecer Fernández y Sandra Valencia Cáceres, quienes manifestaron haber sido integrantes de las FARC y que por su actividad observaron que Quijano, Castillo Muñoz y Ponce eran miembros del grupo.

Sin embargo, no entregaron detalles de las actividades que estos realizaban. Señalaron que habían participado en las tomas, sin especificar en cuales, y que en sus residencias guardaban elementos pertenecientes al grupo subversivo.

Conocido esto, la Fiscalía inició el allanamiento de los lugares de residencia y no hallaron ningún elemento relacionado con el ilícito, pese a eso, en diciembre de 2003, los tres hombres fueron detenidos para ser escuchados en indagatoria.

En enero de 2004, les impusieron medida de aseguramiento en establecimiento carcelario por rebelión. “El ente investigador señaló que si bien al momento de la captura y allanamientos no se había encontrado que los actores estaban realizando actividades propias de la subversión, no lo era menos, que con fundamento en los testimonios de los Jorge Eliécer Fernández Dagua y Sandra Valencia Cáceres, se tenía que eran milicianos de las FARC”.

Pese a ello, meses más tarde por decisión de la misma Fiscalía bajo la ley 600, la investigación contra los tres hombres cesó y se les otorgó la libertad. El ente acusador dijo que la persecución penal había sido apresurada, que no hubo flagrancia en los hechos, que el expediente se basaba solo en hipótesis y testimonios de testigos, sumado a que estos no podían ser valorados como pruebas.

Con estos argumentos los tres hombres decidieron interponer un recurso de reparación por detención ilegal, y el caso llegó al Consejo de Estado donde estimó que “no advierte la existencia de una culpa de la víctima, pues de los documentos obrantes en el plenario, se tiene que su vinculación al proceso penal se encontró fundamentada en unos testimonios que no tenían credibilidad”.

Por lo que estimó que los tres hombres no tenían que soportar la privación de su libertad y ante la ausencia de dolo o culpa grave tienen derecho a ser reparados. Por esto, la corporación judicial determinó condenar a la Fiscalía por el hecho y esta deberá cancelar una gruesa suma de dinero.

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