La única función de la cartera distrital en estos casos es expedir la licencia de inhumación o de cremación de acuerdo con la decisión de los familiares.
El secretario de Salud Distrital, Henrique Toscano informó a la ciudadanía que desde su cartera no tiene dentro de sus funciones recoger cuerpos de personas fallecidas, esto como respuesta a las denuncian de familiares y vecinos de Leonardo Sánchez Martínez, quien murió al parecer por complicaciones causadas por el Covid-19, y su cadáver permaneció por más de 48 horas en el interior de su vivienda.
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De acuerdo con el funcionario, este tipo de procedimientos esta regulado por el Gobierno Nacional, ya que es una función de las funerarias que decida la familia. Asimismo, precisó que si se trata de un cuerpo víctima de violencia o causa desconocida le corresponde a medicina legal.
La única función en estos casos de la Secretaría de Salud Distrital es expedir la licencia de inhumación o de cremación de acuerdo con la decisión de los familiares. Estas licencias son expedidas por la cartera distrital, una vez entregado el certificado de defunción entregado por las EPS o IPS tienen acuerdos de voluntades.
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En el caso de Sánchez Martínez, serían los familiares quien debían solicitar el certificado de defunción a la Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud -EAPB- de esta manera salud distrital da la autorización de la licencia para posterior con la funeraria la recolección del cuerpo.
Si los seres queridos no tienes los recursos económicos deberán solicitar a través de la Secretaría de Promoción social del distro el auxilio funerario.
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