El fallo deberá cumplirse dentro de 48 horas, una vez notificada la agente interventora.
Mediante una providencia con fecha del 12 de enero, el Juez Segundo Administrativo, Santander Ortiz, resolvió el recurso presentado por la Superservicios, en la que pedía claridad en el fallo en primera instancia que ordenaba que se suspendiera la intervención contra la empresa Essmar, que se encuentra activa desde el pasado 22 de noviembre.
En la respuesta, el togado no aprobó la excepción de presunta falta de legitimidad en la causa activa presentada por la Superservicios, reiterando que no había razón para declarar improcedente la tutela que ordenaba el cese de la intervención.
Además, aclaró que la tutela quedaba legítimamente incoada debido a que hizo parte la Alcaldía de Santa Marta.
“No puede dejarse a un lado que la acción constitucional fue coadyuvada por el Distrito de Santa Marta, quien solicitó que se accediera a las mismas pretensiones de la tutela”, dice el documento.
Dentro de la misma aclaración, el Juez Segundo denunció que la Superservicios en su respuesta omitió informar a ese despacho que se adelantaban recursos de reposición en contra del acto administrativo que ordenó la intervención de la Essmar.
Resuelta la aclaración y una vez notificada la agente interventora de la empresa de servicios públicos, el fallo de tutela se reactiva y debe cumplirse dentro de las siguientes 48 horas. Término en el que la alcaldía de Santa Marta podrá volver a tomar control de la empresa Essmar.

