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Santa Marta

Conozca los protocolos que eliminaron y siguen vigentes en Santa Marta

Distrito elimina el termómetro, las listas de ingreso y el uso de tapetes desinfectantes.

La alcaldesa Virna Johnson emitió el Decreto 054 que contempla las nuevas medidas para los protocolos de bioseguridad en Santa Marta.

Para la administración distrital, la aglomeración se trata de toda concurrencia de personas en espacios cerrados y abiertos en los cuales no pueda guardarse el distanciamiento físico de dos metros, como mínimo, entre persona y persona.

Las nuevas medidas son:

Se trata de la eliminación de la toma de temperatura, los listados de ingreso y el uso de tapetes desinfectantes en los lugares públicos y privados en la zona urbana y rural del Distrito de Santa Marta.

Así mismo, desde este tres de marzo del 2021, todo el sector comercial que esté autorizado por la alcaldía, en la zona rural y urbana de Santa Marta, podrán estar abiertos hasta las 10:00 de la noche, de lunes a domingo, sin que ello restrinja la venta de sus productos en las plataformas electrónicas, para entrega a domicilios o para llevar.

Esto involucra a los almacenes de venta al mayor y detal, ferreterías y similares.

Sin embargo, teniendo en cuenta el derecho fundamental a la vida, la salud y atendiendo los indicadores del comportamiento de contagios e indicadores epidemiológicos se podrá ordenar el cierre o restringirse una o varias actividades, conforme a las disposiciones del orden nacional o departamental.

Actividades no permitidas:

En concordancia con las disposiciones del Gobierno Nacional, en la zona urbana y rural de Santa Marta no se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales:

Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social. 

De igual forma, no pueden funcionar las discotecas y lugares de baile y el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio, pero no queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.

Toda actividad deberá estar sujeta al cumplimiento de los protocolos de bioseguridad que establece el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia.

Además, quienes incumplan los protocolos de bioseguridad y las medidas sanitarias que permitan la disminución de contagios y propagación, podrán ser sancionados conforme con lo dispuesto en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

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