El Jugado Segundo Civil Municipal de Ciénaga ordenó mediante fallo de tutela, levantar la suspensión de no tener voz y voto en la Asamblea del Magdalena al diputado Carlos Julio Díazgranados.
El diputado había sido sancionado por el partido desde el pasado 21 de julio cuando a través de una carta se confirmaba el castigo en su contra.
En ese entonces el secretario General del Partido Alianza Verde, Jaime Navarro Wolff, ratificaba la sanción proferida en contra del asambleísta el pasado 21 de julio en la que lo suspenden por 12 meses de su ejercicio constitucional, dejándolo sin voz y voto en la corporación.
La lectura del fallo se dio en sesión virtual de la Asamblea del Magdalena.
El fallo de tutela indica que dentro del término de 48 horas, procedan a levantar la suspensión de no tener voz y voto en la Asamblea departamental del Magdalena del accionante Carlos Julio Díazgranados.
Dicen el fallo que hasta tanto se resuelvan de fondo las demandas de nulidad electoral, el diputado podrá restablecer sus actividades y tendrá voz y voto en la Duma.
“En caso de que esta sentencia no sea impugnada por ninguna de las partes remítase a la honorable Corte Constitucional para su eventual revisión”, añade el documento.
Fallo de tutela fue instaurado mediante apoderado judicial por el diputado Carlos Julio Díazgranados contra el partido Alianza Verde, Consejo de Control Ético del partido Alianza Verde y Dirección Nacional del partido Alianza Verde y la Asamblea del Magdalena.
LA PARTE RESOLUTIVA
1 Tutelar de forma transitoria los derechos fundamentales a la dignidad humana, debido proceso y derechos políticos al ciudadano, convocados por el señor Carlos Juio Díazgranados Álvarez de conformidad a lo expuesto en la parte emotiva de la presente providencia.
2 Ordenar al Consejo de Control Ético del partido Alianza Verde y a la y Dirección Nacional del partido Alianza Verde que dentro del término de 48 horas, procedan a levantar la suspensión de no tener voz y voto en la Asamblea departamental del Magdalena del accionante Carlos Julio Díazgranados , hasta tanto se resuelvan de fondo las demandas de nulidad electoral.
En caso de que esta sentencia no sea impugnada por ninguna de las partes remítase a la honorable Corte Constitucional para su eventual revisión.