El debate deberá ser programado dentro de las 48 horas posteriores al fallo.
El Tribunal Superior de Bogotá ordenó a los candidatos aspirantes a la Presidencia de Colombia, a realizar un debate luego de examinar la tutela en la que se exigía la discusión de argumentos entre los candidatos Rodolfo Hernández y Gustavo Petro.
De acuerdo con lo indicado por el tribunal, el encuentro de ideas deberá hacerse “dentro del término de 48 horas siguientes a la notificación”, es decir, que los candidatos tendrán hasta el jueves 16 de junio para programarlo.
Asimismo, se especificó que este debate presidencial debe llevarse a cabo a través de la televisión pública, específicamente el Sistema de Medios Públicos Radio Televisión Nacional de Colombia, Rtvc, y debe durar 60 minutos.
En la decisión, los demandantes tuvieron en cuenta la negativa de los dos candidatos a participar en debates organizados por diferentes medios en diferentes momentos.
Gustavo Petro, el pasado 21 de marzo a través de su cuenta de twitter manifestó que suspendía su “presencia en debates electorales hasta que se garantice la transparencia del voto”.
Mientras tanto, el candadito Rodolfo Hernández indicó el pasado 2 de junio que no asistiría a los debates “porque no voy a ser partícipe de esas dinámicas polarizantes y de odio”.
Ambas decisiones terminaron afectando el “derecho fundamental de los ciudadanos a participar en la conformación del poder político consagrado en el artículo 40 de la Constitución Política”.