El denunciante sostiene que no se esta comprobando que el comparendo electrónico se esta impartiendo al conductor o al presunto infractor.
Ante la Personería Distrital de Santa Marta y la Procuraduría General de la Nación se presentó la solcitud de la suspensión de la operación de medios electronicos destinados a la fotodeteccion en la ciudad.
De acuerdo con el documento, en la operación de este sistema no se evidencia el cumplimiento de la Ley 1843 de 2017 y la sentencia C-038 de 2020, es decir, “que no se puede constatar que el comparendo electrónico se está impartiendo al conductor o al presunto infractor que previamente individualizado e identificado”.
Entretanto, ordenan a la Alcaldía de Santa Marta junto con la Secretaría de Movilidad detener los procesos de comparendos a través de esta herramienta tecnológica, hasta que no se cumpla con lo establecidos por la resolución 718 emitido por el Ministerio de Transporte.
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