El Consejo de Estado dejó en pausa el decreto que fijó el salario mínimo de 2026 con un aumento del 23,7 %, tras considerar que no se habrían aplicado correctamente los criterios técnicos exigidos por la ley.
La decisión se da después de 30 demandas que cuestionaban la forma en que se estableció el incremento. Los demandantes argumentaron que el ajuste no estuvo sustentado de manera suficiente en variables económicas clave como inflación, productividad, crecimiento del PIB y meta inflacionaria.
El alto tribunal concluyó, en una medida cautelar, que mientras se resuelve de fondo el proceso judicial, el Ejecutivo deberá recalcular el porcentaje de aumento y emitir una nueva norma transitoria. Ese nuevo monto regirá hasta que haya una sentencia definitiva.
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Gobierno está obligado a explicar con claridad la metodología utilizada para definir la cifra. Es decir, no solo deberá anunciar el nuevo porcentaje, sino justificar técnicamente cómo llegó a ese resultado y demostrar que aplicó los parámetros establecidos en la Ley 278 de 1996 y en la jurisprudencia vigente.
Entre los factores que deberán ser considerados están la inflación proyectada por el Banco de la República para 2026, la productividad acordada por el Comité Tripartito, el crecimiento económico del año anterior y la inflación real medida por el Índice de Precios al Consumidor.
Ahora la pelota queda en la cancha del Gobierno, que deberá redefinir el incremento bajo supervisión judicial y con una argumentación económica más sólida.


