La investigación determinó que durante el fatal accidente ocurrió en el 2017, la Sociedad Portuaria y el operador SMITCO S.A. no cumplían con las medidas de seguridad previstas en el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la instalación portuaria.
Después de casi cinco años del mortal accidente de un empleado del operador portuario Santa Marta International Terminal Company SMITCO S.A que resultó atropellado por un tractocamión dentro de la Sociedad Portuaria en abril del 2017.
La Superintendencia de Transporte determinó que la Sociedad Portuaria no habría exigido al Operador SMITCO S.A el cumplimiento de los requisitos exigidos para desarrollar la actividad portuaria, pues habría permitido que el empleado operara un tractocamión sin que este contará con la licencia de conducción de acuerdo con la categorización establecida por la autoridad competente.
“La superintendencia de Transporte impuso sanciones por cerca de 2.200 millones de pesos por no cumplir las medidas de seguridad previstas en el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la instalación portuaria”, puntualizó Álvaro Ceballos, Superintendente Delegado de Puertos.
Con este fallo se responsabiliza a las dos empresas del accidente ocurrido en el 2017 en las instalaciones de la Sociedad Portuaria.
