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Santa Marta

Rugeles evade preguntas de periodistas sobre presunta violación de los derechos a ex Secretario de Planeación

Una violación a una sentencia de la Corte Constitucional, habría cometido el alcalde (e) Andrés Rugeles, a la hora de declarar insubsistente al ex secretario de Planeación, Francisco García, cuando este se encontraba hospitalizado en una clínica de Santa Marta.

El Alcalde designado por presidencia se habría extralimitado de sus funciones, puesto que según la Corte Constitucional las personas enferma o en estado de indefensión tienen derecho a la estabilidad laboral reforzada y no se le puede despedir.

Lo curioso es que el Alcalde evadió la pregunta que le hizo un periodista, referente al caso. Tal parece que el alcalde (e) Andrés Rugeles le aprendió mucho al senador Álvaro Uribe y de paso al presidente Iván Duque a la hora de ignorar las presuntas de los medios.

Esta noche en una conferencia de prensa abierta simplemente no respondió los cuestionamientos de miembros de la prensa sobre una supuesta violación a una sentencia de la corte, que indica que no se puede despedir a una persona en estado de indefensión, como ocurrió con Francisco García, ex secretario de Planeación, quien se encuentra hospitalizado en una clínica de Santa Marta.

LA SENTENCIA

Así lo reza la Sentencia T-317/17, luego de la acción de tutela para obtener reintegro laboral de trabajador en condición de discapacidad que goce de estabilidad laboral reforzada-procedencia excepcional.

Con el fin de proteger los derechos fundamentales de las personas en situación de debilidad y evitar que los trabajadores despedidos bajo estas circunstancias deban adelantar un proceso que no sea idóneo o eficaz para la protección de sus derechos fundamentales, la Corte ha sostenido que “en los casos de personas protegidas por la estabilidad laboral reforzada no existe dentro de los procesos ordinarios un mecanismo preferente y sumario para que opere el restablecimiento de sus derechos como trabajadores. Por lo tanto, la jurisprudencia constitucional considera que la acción de tutela es procedente para ordenar el reintegro al trabajo (…) de los trabajadores con limitaciones físicas, sensoriales o psíquicas, despedidos sin autorización de la oficina del trabajo así mediare una indemnización.

LOS JURISTAS

Para el abogado Humberto Díaz Costa, consultado por SANTA MARTA AL DÍA, el alcalde (e) Rugeles, se habría extralimitado de sus funciones y el paso a seguir para el ex funcionario, Francisco García, sería una tutela que lo reintegre al cargo.

Además el paso correcto para Ruegles era trasladar a García Rentería a otra dependencia, en caso de estar enfermo.

Con relación a esto García Rentería podrá interponer una denuncia penal contra el Mandatario en calidad de encargo.

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