El censo definitivo de habilitados para votar fue publicado a través de la Circular N° 10 expedida por el Comité de Garantías.
La Universidad del Magdalena se prepara para vivir la jornada democrática de votación virtual que se llevará a cabo el próximo 22 de octubre, a través de la cual se conformará la terna que será presentada al Consejo Superior para elegir al rector del período 2024-2028.
Por ello, ya se encuentra definido el censo de los miembros de la comunidad universitaria que cuentan con las condiciones habilitantes para votar. Este listado fue publicado en el portal web consulta.unimagdalena.edu.co, mediante la Circular N° 10 del Comité de Garantías.
De tal manera que 28.227 personas podrán votar por su candidato favorito a la Rectoría de la Alma Mater. El público votante está dividido así: 26.688 estudiantes de pregrado y posgrado; 327 docentes de planta y ocasionales; 992 docentes catedráticos y 220 servidores públicos.
¿Quiénes están habilitados?
Estudiantes con matrícula financiera vigente y/o registro académico activo en programas de pregrado, ya sea del nivel técnico, tecnológico o profesional; y estudiantes de posgrados de especialización, maestría y doctorado, en todas las modalidades.
Por otro lado, profesores de planta, en servicio activo, comisión de estudios, comisión o encargo al interior de la Universidad para ejercer un cargo y aquellos que mantienen activa su vinculación con la Universidad mediante cualquier otra situación administrativa. A su vez, profesores ocasionales y de hora cátedra con vinculación contractual activa en los tres últimos períodos académicos.
Además, empleados públicos y trabajadores oficiales con mínimo tres años de antigüedad, en servicio activo y quienes están activos mediante cualquier otra situación administrativa.
No podrán votar docentes y servidores públicos que se encuentran en comisión o licencia para ejercer cargos y actividades fuera de la Universidad y quienes se encuentran suspendidos del ejercicio de sus funciones. Tampoco podrán votar los empleados de libre nombramiento y remoción.
Finalmente, de acuerdo con la ingeniera especialista Marla Maestre Meyer, delegada del Consejo Académico ante el Comité de Garantías, el artículo No. 58 del Estatuto General establece las condiciones de conformación de la terna.
“Allí podrán observar que no solo los tres candidatos que obtengan la mayor votación pasarán a la conformación de terna, sino que deben contar con un porcentaje mínimo de votación del 20 % en cada uno de los estamentos”, precisó la delegada del Consejo Académico.
Toda la información del proceso se encuentra consignada en el portal consulta.unimagdalena.edu.co. Así mismo, las dudas que surjan durante este proceso de consulta serán resueltas por el Comité de Garantías a través del correo electrónico [email protected].