El abogado del gobernador Carlos Caicedo, el jurista Carlos Arturo Gómez Pavajau, a través de un argumento jurídico enviado a la Procuradora Delegada de la Moralidad Pública de la
Procuraduría General de la Nación, anunció que interpondrá, de ahora en adelante, todas y absolutamente todas las acciones jurídicas necesarias para salvaguardar los derechos de su representado, ante las actuaciones antijurídicas de la Procuraduría General de la Nación.
El profesional del derecho precisó que que con esos argumentos jurídicos se busca impedirle a la Procuraduría conocer de los procesos contra el Gobernador Caicedo.
“El artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos hace parte del Bloque de Constitucionalidad y por lo tanto, al tenor de los artículos 4 y 93 de la Carta Política se requiere en el caso concreto que usted dé aplicación al Control de Convencionalidad de conformidad con los artículos 5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 29 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Por ello, el derecho al debido proceso del artículo 29 de la Carta Política entendido en armonía con el artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos es de aplicación inmediata, fuente constitucional directa, como lo establecen los artículos 85 y 86 constitucionales”, le explica Gómez Pavajau a Olga Lucía Alfonso Velásquez, la Procuradora Delegada de la Moralidad Pública.
“Usted hace referencia en su decisión a algunas sentencias de la Corte Constitucional, empero, la misma corporación en su sentencia T-214 de 2018 dispone la necesidad de efectuar un Control de Convencionalidad cuando exista una confrontación entre los derechos humanos internacionales y las regulaciones nacionales, lo que se destaca especialmente cuando se trata de normas penales y disciplinarias que tengan repercusiones en la responsabilidad extracontractual del Estado, en lo cual sigue los estándares de la jurisprudencia del Consejo de Estado”, ilustró el abogado defensor.
“El Consejo de Estado, en lo que podríamos calificar su última posición en torno al ejercicio de Control de Convencionalidad en materia de Pérdida de Investidura que es Derecho Disciplinario, ha señalado la imprescindible e inexorable aplicación del Control de Convencionalidad”, puntualizó.
El abogado Carlos Arturo Gómez también fue claro en decir que se trata de una estrategia con todos los argumentos jurídicos necesario para confrontar todas las actuaciones antijurídicas en contra de su defendido y así poder defenderlo con justicia y respetando sus derechos.