El Ministerio de Salud explicó las medidas de bioseguridad que deben tener estos lugares.
A través de la resolución 1313 el Ministerio de Salud de dio los lineamientos y protocolos, inicialmente para el desarrollo de planes pilotos y posterior reapertura de los gimnasios; box; estudios funcionales y en general los centros en donde se realice ejercicio físico.
En el documento se exige la desinfección de las suelas de los zapatos con hipoclorito de sodio al ingreso al lugar; toma de la temperatura, el lavado de las manos al cambiar de zona y antes y después de iniciar una nueva rutina y la disponibilidad de toallas desechables para la desinfección de las máquinas.
“Lo contenido en esta resolución sólo tendrá operación para los casos de los pilotos que se realicen previo permiso de las autoridades locales en coordinación con el Ministerio del Interior. Además, que no se permitirá el ingreso de personas con enfermedades de riesgo o con síntomas respiratorios”, señaló Nubia Bautista, subdirectora (e) de Enfermedades No Transmisibles del Ministerio de Salud.
La normativa debe ser implementada tanto por los responsables de dichos establecimientos como también por sus usuarios, con el fin de disminuir el contagio del Covid-19, y establece también que, debe haber un espacio de 12.6 metros cuadrados por persona; no puede haber dentro del lugar más de 50 personas, incluidos los empleados, usuarios y proveedores; desactivar lectores de huellas e inhabilitar salones de clases grupales, duchas, piscinas, zonas húmedas y spa.
Por último, el Ministerio de Salud aclara que podrán entrar en operación en modo plan piloto aquellos lugares que cuenten con permiso de las autoridades locales, en coordinación con el Ministerio del Interior.
