En decreto 068 del 24 de marzo del 2021 emitido por la Alcaldía de Santa Marta contempla excepciones para servicios de salud, vigilancia y alimentos básicos.
Este miércoles 31 de marzo es el segundo día de confinamiento fijado por la alcaldesa Virna Johnson en el decreto 068 del 24 de marzo del 2021.
Estas medidas han generado confusión entre los ciudadanos que no saben cuáles son las excepciones permitidas para estos días de encierro.
En Santa Marta al Día te compartiéremos las medidas que podrán ser prorrogadas si se mantiene el comportamiento de contagios.
Dentro de las medidas especiales para estos días de cuarentena total están los servicios domiciliarios, droguerías, la movilidad del personal de la salud y personal de vigilancia.
Asimismo, se garantiza el acceso de alimentos, medicamentos, servicios médicos y todos los servicios que permitan el normal funcionamiento del Estado colombiano. Estas actividades están contempladas en el Decreto 1076 de 2020.
1. Se exceptúan de esta restricción los servicios domiciliarios, droguerías, la movilidad del personal de la salud, personal de vigilancia.
2. En todos los casos se garantiza el acceso de alimentos, medicamentos, servicios médicos y todos los servicios que permitan el normal funcionamiento del Estado.
3. Los supermercados, tiendas de cadenas, tiendas de barrio, restaurantes podrán prestar sus servicios, a través de sus plataformas electrónicos y o digitales, para entrega a domicilio.
4. Las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas o identificadas en el ejercicio de sus funciones o actividades.
5. Se recomienda fomentar e incentivar el uso de sus servicios a través de sus plataformas electrónicas.