“Respondió diciendo que no han recibido ningún documento con observaciones al respecto.
A través de un comunicado de prensa, la alcaldesa Virna Johnson, respondió a los reparos que se han hecho en el proceso para la solución al agua en Santa Marta.
Indicó que de cara a la licitación, la Contraloría no ha enviado a la Alcaldía Distrital “ningún documento con observaciones respecto a la licitación pública LP-011-2023”.
Calificó de desinformación que el Distrito pretenda adjudicar la licitación antes de tiempo, diciendo que, “en general que los periodos de los procesos contractuales están estipulados en la ley, así que no hay manera alguna de adjudicar antes de tiempo, porque sería contrario a la normatividad”.
En el comunicado, también se indica que respecto a la idea de la Contraloría de que el contratista incurra en “parálisis o abandono de los trabajos por falta de liquidez para atender el flujo de caja de inversión en la etapa de construcción, precisamente, las empresas interesadas deben demostrar la solidez financiera para la ejecución del proyecto en un tiempo de 3 años y medio, con una inversión de 1.6 billones de pesos, tal como se estipula en los pliegos de peticiones que están colgados en el Secop II para consulta de todos los interesados, garantizando la publicidad y transparencia del proceso. De no contar con este ítem, tal como lo estipula la ley, no podrán participar en el proceso licitatorio”.
¿Por qué vigencias futuras?
En el comunicado, el Distrito exlica que, la financiación del proyecto, a través de las vigencias futuras, “se da gracias al saneamiento de las finanzas del Distrito, porque en el anterior Gobierno Nacional se prometieron recursos que nunca llegaron”.
El Distrito enfatizó: “el recaudo tributario para obtener los 1.6 billones de pesos está proyectado a un plazo de 30 años, teniendo en cuenta el crecimiento de los pagos de los impuestos de los contribuyentes durante la última década, gracias a la gestión y modelo de administración pública de las administraciones de Fuerza Ciudadana, que iniciaron en 2012 con la inversión de dichos recursos en programas sociales y de inclusión”.
“La forma de pago prevista va en consonancia con lo señalado en la Ley 1483 de 2011, en el sentido que el plazo de ejecución de la vigencia futura aprobada debe ser igual al plazo de ejecución del proyecto o gasto objeto de la misma. (…), y acorde a lo autorizado en el Acuerdo No. 022 de 2022”.