Este año se elegirá en Colombia las elecciones regionales, en las que se votará por alcaldes, gobernadores, concejales, asambleas departamentales y ediles de las Localidades. De acuerdo con la Resolución 14778 del 11 de octubre de 2018, la Registraduría Nacional del Estado Civil fijó el 27 de octubre como el día en el que se adelantarán las elecciones.
Desde hoy y hasta el 27 de octubre empieza a regir la Ley de Garantías, así lo informó el procurador General de la Nación; Fernando Carrillo, la Ley de Garantías define la forma en la que se llevarán a cabo los modos de financiación para las campañas presidenciales, la cuantía máxima de las donaciones, el periodo de inactividad de contratación estatal, entre otras medidas. A través de esta Ley se establecen una serie de cargas y obligaciones que tanto los candidatos como los servidores públicos, deberán cumplir de manera rigurosa durante el período electoral, sin verse inmersos en procesos de responsabilidad disciplinaria y sin perjuicio de la responsabilidad penal o civil que pueda derivarse del incumplimiento de este régimen de prohibiciones.
Esta ley fue aprobada en 2005, cuando el expresidente Álvaro Uribe Vélez buscaba su reelección. La norma limita a alcaldías y gobernaciones para que a través de contratos no terminen beneficiando a algún candidato, además, les impide firmar convenios interadministrativos y usar bienes públicos para hacer proselitismo.
Conozca que prevé la Ley de Garantías a las autoridades
- Celebrar convenios o contratos para la ejecución de recursos públicos, participar, promover o destinar recursos públicos de las entidades a su cargo o en las que hagan parte como miembros de junta directiva.
- Inaugurar obras públicas o dar inicio a programas de carácter social en reuniones o eventos en los que estén presentes candidatos a las gobernaciones, alcaldías, asambleas o concejos municipales o distritales.
- Autorizar el uso de bienes muebles o inmuebles de carácter público para el desarrollo de actividades proselitistas, ni permitir alojamiento o transporte de electores.
- Modificar dentro de este término la nómina de la entidad a la cual pertenecen.
