Claro, Movistar, Tigo, Virgin, ETB o Avantel tienen prohibido dejarlo sin el servicio por ser esencial en la emergencia por coronavirus.
Las empresas de telefonía no le pueden cortar el servicio por no pago, según lo establece el decreto 555 del 15 de abril, en las que el Ministerio de las TIC toma medidas para enfrentar la emergencia por el coronavirus covid-19.
De acuerdo con el decreto, según BLU Radio, la decisión se toma porque los servicios de radiodifusión sonora, los de televisión y postales, son servicios públicos esenciales para la ciudadanía.
“Cuando el usuario incurra en impago del servicio, el operador otorgará treinta (30) días adicionales al término pactado por el respectivo contrato para que el usuario proceda con el pago de los valores adeudados. Durante este término, en los planes con una capacidad contratada igual o superior a un (1) gigabyte (G8) al mes, el servicio se mantendrá al menos con una capacidad de cero coma cinco (0,5) gigabyte (G8) al mes durante el periodo de no pago del que trata este literal”, dice el decreto.
Así mismo, el decreto dice que, si vencido el término en el anterior literal, el usuario no efectuó el pago, el operador podrá suspender el servicio, pero mantendrá, al menos, los siguientes elementos:
-La opción de efectuar recargas para usar el servicio de la modalidad prepago.
– El envío de al menos 200 mensajes de texto gratis y la recepción de estos sin ninguna restricción.
– La navegación gratuita de 20 direcciones de internet (URL), definidas por el MinTIC, relacionadas con el coronavirus.