El jurista mencionó que en Colombia no hay penas ejemplares contra maltratadores de animales por poca capacidad carcelaria.
Recientemente salió a colación el caso de Esmely Hostia Márquez, quien en el año 2018 asesinó a una canina, y fue la primera persona en ser condenada por el delito de maltrato animal en Santa Marta.
Sin embargo, la condena para este delito no fue lo suficientemente rigurosa, debido a que solo con el pago de una multa de 100 mil pesos, el condenado quedó en libertad.
Lorenzo Bonilla, abogado animalista de la ciudad, explicó a través de Smad Radio Web, la importancia de esta sentencia y por su parte las falencias del sistema judicial que considera que este tipo de delitos son excarcelables.
“Yo veo como un parte positivo la sentencia condenatoria que hoy tiene el departamento del Magdalena y que es el primer caso. Porque hoy entre la Fiscalía se reportan más de 10 caso, Es decir que pronto se vienen otras sentencias. Entonces yo lo veo como un precedente judicial que va a marcar la pauta para prevenir la comisión del delito de maltrato animal”, indicó Bonilla.
De acuerdo a la condena recibida por este delito, Bonilla indicó que se ajusta a lo establecido en la ley 1774.
“Referente a la sentencia que ha generado indignación, este es un delito que su pena es menor a 4 años, por lo tanto, es un delito excarcelable, esto la única manera de cambiarlo sería a través del congreso de la República”, agregó.
Según lo que indica esta ley, Hostia Márquez a pesar de haber recobrado su libertad, seguirá vinculado al proceso y tendrá sanciones jurídicas y económicas.
“El que, por cualquier medio o procedimiento maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física, incurrirá en pena de prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses, e inhabilidad especial de uno (1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes”, indica la norma.
Este caso que se genera en Santa Marta, según el jurista, creará un precedente para que los Congresistas tomen acciones pertinentes referente a las condenas que se aplicarán a quien agreda o acabe con la vida de un animal en Colombia.
Por: Juan Rodríguez Martino.