Las disposiciones están contempladas en el Decreto 678 del 20 de mayo de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para incentivar el pago de obligaciones tributarias.
Con el propósito de que los contribuyentes puedan ponerse al día en sus obligaciones tributarias y de esta manera, las entidades territoriales recuperen su cartera y generen mayor liquidez, el Gobierno Nacional, a través del Decreto 678 del 20 de mayo de 2020, establece medidas para la gestión tributaria, financiera y presupuestal en el marco de la emergencia económica, social y ecológica declarada mediante el Decreto 637 de 2020.
Ingrid Llanos, secretaria de Hacienda del Distrito de Santa Marta, manifiesta que esta es una importante medida que permite a los contribuyentes sanear la cartera sin intereses moratorios ni sanciones.
“Esta medida da la posibilidad a las entidades territoriales en cuanto a recuperación de cartera por impuestos, tasas, multas, contribuciones exigibles hasta la vigencia 2019”.
El Artículo 7 de este Decreto establece que hasta el 31 de octubre de 2020 se pagará el 80% del capital sin intereses ni sanciones. Así mismo, que entre el primero de noviembre de 2020 y hasta el 31 de diciembre se pagará el 90% del capital y entre el 1 de enero de 2021 y hasta el 31 de mayo de 2021 se pagará el 100% del capital, todas las fechas mencionadas serán sin intereses ni sanciones.
Los contribuyentes, deudores, agentes retenedores, responsables y demás obligados que accedan a estos beneficios, tendrán la posibilidad de aliviar su situación económica con esta nueva medida que ya se encuentra en vigencia.
En estos momentos la Secretaría de Hacienda se encuentra realizando los procedimientos necesarios para que los contribuyentes puedan a mediados de esta semana descargar las liquidaciones de los impuestos desde el portal web con los porcentajes de descuentos incluidos.