La Corte Constitucional anuló el decreto que imponía IVA del 19 % a licores y apuestas en línea, además de cambios al impuesto al patrimonio, y ordenó la devolución de los recursos recaudados por la DIAN.
La Corte Constitucional decidió tumbar el IVA del 19 % a licores y apuestas en línea, así como las modificaciones al impuesto al patrimonio, tras declarar inconstitucional el decreto expedido durante la fallida emergencia económica, ordenando además la devolución del dinero recaudado a los contribuyentes.
Por decisión unánime de la Sala Plena, el alto tribunal declaró inexequible el Decreto 1474 de 2025, el cual establecía una serie de medidas tributarias orientadas a recaudar cerca de 11 billones de pesos. La determinación se produjo como consecuencia directa de la caída del denominado decreto “madre”, el 1390 de 2025, que sustentaba el estado de excepción.
Según la Corte, la declaratoria de emergencia económica no cumplía con los requisitos constitucionales, al no basarse en hechos sobrevinientes o imprevisibles que justificaran la adopción de facultades extraordinarias por parte del Ejecutivo.
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En su decisión, el tribunal también ordenó que los recursos recaudados durante la vigencia del decreto —que, según algunos gremios, superarían el billón de pesos— sean devueltos a los contribuyentes que realizaron los pagos.
Para ello, la DIAN deberá aplicar los mecanismos legales existentes o crear uno específico en un plazo de 30 días.
Asimismo, la Corte precisó que se deberán respetar las situaciones jurídicas consolidadas, es decir, aquellos contribuyentes que accedieron a beneficios tributarios durante la vigencia de la norma no verán modificadas sus condiciones.
El fallo también dejó constancia de aclaraciones de voto por parte de algunos magistrados, mientras que otro togado no participó en la decisión debido a un impedimento aceptado.
Este decreto había generado una fuerte controversia entre el Gobierno Nacional y mandatarios locales, quienes incluso plantearon la posibilidad de un desacato colectivo, argumentando que la medida afectaba gravemente las finanzas territoriales, especialmente por su impacto en la industria licorera, una de sus principales fuentes de ingresos.
Cabe recordar que el decreto ya se encontraba suspendido desde enero, tras una medida cautelar contra el decreto base. Con esta decisión definitiva, queda sin efectos la normativa y se abre paso al proceso de devolución de los recursos.


