Una sentencia sobre la difusión no autorizada de la historia de una víctima de violencia de género llevó al alto tribunal a advertir que la libertad de expresión en redes sociales no está por encima de la intimidad y la propia imagen.
La Corte Constitucional abrió la puerta a nuevas reglas para los influencers y creadores de contenido en Colombia, tras advertir que la libertad de expresión en redes sociales debe respetar derechos como la intimidad y la propia imagen.
La decisión está contenida en la Sentencia T-241 de 2026, originada en el caso de una mujer que relató en un pódcast una experiencia de violencia de género. El contenido fue publicado sin un consentimiento que cumpliera las condiciones exigidas y permaneció disponible pese a la solicitud de retiro.
Al estudiar la tutela, la Corte concluyó que fueron vulnerados sus derechos fundamentales y recordó que, cuando se divulga información privada o se utiliza la imagen de una persona, el consentimiento debe ser previo, libre e informado. Además, señaló que este puede ser revocado, como regla general.
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Por el caso, la creadora del pódcast deberá ofrecer disculpas públicas y abstenerse de volver a difundir la entrevista o contenidos derivados de ella.
Pero el fallo va más allá. La Corte exhortó al Congreso y al Ministerio TIC a avanzar en una regulación específica para establecer los derechos, deberes y responsabilidades de influencers y creadores de contenido.
También pidió a varias plataformas digitales divulgar la decisión entre los creadores colombianos que utilizan sus servicios.


