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Santa Marta

Conozca los cambios transitorios en el ‘Pico y Cédula’ durante el mes de junio

La Alcaldía Distrital de Santa Marta a través del nuevo Decreto 157 del 5 de junio del 2020 modificó de manera transitoria el ‘Pico y Cédula’ durante el mes de junio para los días lunes festivos, y determinó nuevas medidas de prevención para evitar la propagación del Covid – 19 en la ciudad.

Según el documento, los ciudadanos con cédula terminada en 1 podrán realizar diligencias bancarias el martes siguiente a los lunes festivos y los terminados en 9 se unen a quienes les corresponde los días miércoles.

Durante los días martes 16, 23 y 30 junio, y los días miércoles 17, 24 y el 1 de julio del 2020, se permitirá la movilidad de los ciudadanos cuyo último número de la cédula de ciudadanía termine en 1 y 9, única y exclusivamente para acceder a los servicios bancarios, financieros, empresas de pago y envío y recibo de giros.

ASÍ FUNCIONA:

Martes 16, 23 y 30 – último dígito 1.

Miércoles 17, 24 de junio y 1 de julio – último dígito 9.

Los ciudadanos cuyo último dígito de la cédula de ciudadanía termine en 1 y 9 podrán movilizarse los días lunes festivos 15, 22 y 29 de junio para adquirir sus bienes de primera necesidad. Cabe resaltar que el sistema pico y cédula sigue vigente en los mismos términos señalados en el artículo sexto del Decreto 153 con la modificación ates mencionada.

El Decreto recalca que el toque de queda en el Distrito de Santa Marta rige desde el 5 de junio hasta el 1 de julio del 2020, en consecuencia, se restringe la circulación de las personas desde las 8.00 de la noche hasta las 4:00 de la mañana.

Por otro lado, quedan exceptuadas de esta medida los trabajadores del sector de la salud, servicios de emergencias, fuerzas militares, Policía Nacional, organismos de seguridad, servicios de vigilancia y seguridad privada, medios de comunicación, servicios de mensajería, entre otros.

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ACTIVIDAD FÍSICA

El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre que se realicen las personas de manera recreativa, deberán aplicar el uso del tapabocas, ejercitarse de forma individual, solo puede ser realizarlo por personas entre los 18 y 69 años de edad, durante dos horas diarias entre las 5:30 y las 7:30 de la mañana.

Los sábados y domingos no se podrá realizar actividad física al aire libre, entre otras disposiciones que se encuentran detalladas en el Decreto.

El Decreto 157 del 5 de junio del 2020 lo pueden consultar en la página https://www.santamarta.gov.co/documentos/decreto-no-157-del-5-de-junio-de-2020 y en las redes sociales de la Alcaldía Distrital para que conozcan los detalles de las nuevas medidas dispuestas para evitar la propagación de Covid -19.

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