Mediante el decreto 077 del 9 de abril la Alcaldía de Santa Marta tomó nuevas restricciones en la ciudad.
La Alcaldía de Santa Marta acató las recomendadas enviadas por el Gobierno Nacional, a las ciudades donde la ocupación de las Unidades de Cuidados Intensivos –UCI- sea superior al 85 por ciento, y decretó confinamiento total en la ciudad desde las 06:00 de la tarde de este viernes hasta las 5:00 am del lunes 12 de abril.
Por lo anterior, se restringe la movilidad de personas y circulación de vehículos por vías y lugares públicos en la zona urbana y rural del Distrito de Santa Marta durante la tarde de este viernes hasta el lunes 12 de abril.
Se exceptúan de esta restricción los servicios domiciliarios, droguerías, la movilidad del personal de la salud, personal de vigilancia.
Además, los supermercados, tiendas de cadenas, tiendas de barrio, restaurantes podrán prestar sus servicios, a través de sus plataformas electrónicos y o digitales, para entrega a domicilio.
Con la implementación de la nueva medida se suspenden los tres días de confinamiento y el cierre de playas que se había estipulado en los decretos 068 y 069 del 24 de marzo a partir del próximo lunes.
“Del día 12 de abril de 2021 y hasta las cinco horas (05:00 a.m.) del día 19 de abril de 2021, en la zona urbana y rural de Santa Marta se restringe de manera transitoria, obligatoria y preventiva, la movilidad de personas y circulación vehículos por vías y lugares públicos en el horario comprendido entre las 6:00 p.m., y las 5:00 a.m., todos los días de la semana, en consecuencia los establecimientos de comercio incluyendo los gastronómicos, grandes superficies, supermercados, tiendas de cadenas locales comerciales, tiendas de barrios, y todos los espacios en los que se desarrollen actividades comerciales en Santa Marta, estarán abiertos hasta las 5:00 p.m.”, dice el decreto.
Pico y cédula
Desde el lunes 12 de abril de 2021 y hasta el día 19 de abril de 2021, la población podrá salir de acuerdo con el último dígito de la cédula de ciudadanía, documento de identidad y/o pasaporte de otras nacionalidades, tal como se detalla a continuación:
Vea aquí el decreto: