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Actuamos en la Ley: Policía frente a comparendo por comprar una empanada

Desde ayer se viene tejiendo una polémica en las redes sociales por la decisión que tomó un grupo de policías de imponer un comparendo a un ciudadano que había comprado una empana, en un puesto de ventas ambulantes.

Según la policía, que justificó la acción, el comparendo se hizo durante el cumplimiento de una acción de tutela que ordenaba retirar el puesto de empanadas del espacio público.

“Los policías advierten a estas personas del procedimiento y les solicitan que se abstengan de realizar la compra, teniendo en cuenta que esta actividad “promueve o facilita el uso indebido del espacio público”, de acuerdo al artículo 140, numeral 06 de la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia”, señaló la Policía de Bogotá.

Sin embargo, en versiones a medios de comunicación el ciudadano, Stiven Carlos, alegó lo contrario e indicó que los policías en ningún momento le advirtieron de la infracción que estaba cometiendo y menos del procedimiento (cumplimiento de acción de tutela) que estaban realizando.

Vea También: Descubren a policías que se hacían pasar por “locos”

Los hechos ocurrieron, según la Policía, en el sector de La Castellana en la localidad de Barrios Unidos.

LA MULTA QUE CAUSO ASOMBRO EN BOGOTÁ
Por comprar empanadas en la calle fueron sancionadas cuatro personas con un comparendo de 441.662 pesos.

La denuncia la hizo Steven Claros una de las personas que recibió el comparendo tras acercarse a una venta callejera de empanadas, al norte de Bogotá, donde fue abordado por los policías que se encontraban en el lugar.

Stiven aseguró que no es la primera vez que se acerca al puesto ambulante ubicado en La Castellana y que desconocía la infracción por comprar en vía pública.

“Fuimos a comprar una empanada, como lo llevábamos haciendo desde hace cerca de 2 años, y vimos cerca de 7 uniformados, al ver que no nos dijeron nada continuamos a comprarla, ellos vieron que la compramos pero siguieron grabando”, relató.

“Cuando ya nos la estábamos comiendo un agente se acercó y nos pidió los documentos pensamos que era para una revisión de antecedentes normal, cuando ya estábamos terminando con nuestras empanadas nos llamaron uno por uno para pedir datos y nos dijeron que era porque iban a hacer un comparendo por desacato de la norma y propiciar el uso indebido del espacio público”, añadió.

Esta sanción está expresa en el Artículo 140 del Código Nacional de Policía y establece que dicho comportamiento promueve el uso indebido del espacio público, por lo cual sanciona una multa tipo 4 por 441.662 pesos

La Policía se pronunció frente a los hechos afirmando que los uniformados advirtieron a los ciudadanos y les solicitaron que se abstuvieran de realizar la compra, teniendo en cuenta que esta actividad “promueve o facilita el uso indebido del espacio público”.

También aclaró que “el personal uniformado, no impone multas, sino que realiza una orden de comparendo de acuerdo a los comportamientos contrarios a la convivencia, con el fin de que el ciudadano acuda ante un Inspector de Policía, quien es la autoridad competente, para analizar si se impone o no la medida correctiva de multa.”

Según la secretaria de Seguridad, convivencia y justicia de Bogotá ocupar el espacio público en violación a las normas vigentes, fue uno de los cuatro comportamientos más sancionados en 2018.

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