El Ministerio de Transporte dio a conocer la nueva resolución que contempla algunos malos usos que desde el próximo año serán sancionados.
Conductores y parrilleros de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos deberán hacer buen uso del casco protector, de acuerdo a las condiciones mínimas establecidas en las últimas horas por el Ministerio de Transporte.
A través de la resolución 20203040023385, la cartera del Gobierno Nacional dejó especificadas todas las acciones incorrectas que serán sancionadas en las vías del país a partir del próximo 23 de enero.
Uno de las primeras disposiciones es que los conductores y acompañantes deberán tener sus cabezas completamente inmersas en el casco; es decir, quienes sean vistos con el elemento protector en la parte alta de la cabeza o con su cara descubierta serán multados.
El documento oficial señala que, “el sistema de retención debe estar asegurado por debajo de la mandíbula, sin correas rotas ni broches partidos e incompletos”.
Otro de los puntos incluidos en el decreto, prohíbe el porte de teléfonos o dispositivos de comunicación que se interpongan entre la cabeza y el casco. Los únicos elementos que pueden estar dentro del casco son aquellos que permitan usar dichos objetos comunicativos con las manos libres.
Para el caso de quienes tengan cascos con cubierta facial movible, esta siempre debe ir cerrada y asegurada, para que así le brinde total protección al rostro del motociclista o el acompañante.
La resolución también contempla que la no utilización del caso dará lugar a la inmovilización completa de la moto.
¿Y EL VALOR DE LA MULTA?
La sanción económica para conductores y acompañantes que mientras se movilicen en moto, porten incorrectamente el casco, será de 15 salarios mínimos diarios vigentes.
Para conocer la cifra exacta habrá que esperar hasta tanto el Gobierno decrete el valor del salario mínimo para 2021.