La representante Gloria Arizabaleta anunció la suspensión temporal de Gustavo Petro en medio de una investigación por presunta participación en política, pero la Constitución establece que solo el Senado puede apartar a un presidente de su cargo.
Una fuerte controversia política y jurídica se desató luego de que Gloria Arizabaleta, representante a la Cámara y presidenta de la Comisión de Acusaciones, anunciara la suspensión temporal del presidente Gustavo Petro en el marco de una investigación por presunta participación en política durante el actual proceso electoral.
La medida, que según se informó tendría vigencia hasta las 4:00 de la tarde del próximo 21 de junio, fecha en la que culminará la jornada de votación de la segunda vuelta presidencial, ha generado cuestionamientos por parte de diversos sectores debido a las facultades constitucionales para adoptar una decisión de este tipo.
Arizabaleta hace parte del partido Fuerza de la Paz, colectividad liderada por el exsenador Roy Barreras, quien actualmente respalda la candidatura presidencial de Iván Cepeda.
El anuncio ha provocado un intenso debate jurídico debido a que la Constitución Política de Colombia establece que únicamente el Senado de la República puede declarar indigno del cargo a un presidente de la República tras surtirse un complejo proceso institucional.
Actualmente, el expediente contra Petro se encuentra precisamente en la etapa inicial de investigación dentro de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
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El procedimiento constitucional señala que, una vez concluida la investigación, la Comisión debe remitir sus conclusiones a la plenaria de la Cámara, instancia que decide si el proceso continúa. Posteriormente, sería el Senado quien tendría la competencia para adelantar un eventual juicio polítio y adoptar decisiones de fondo.
Por esta razón, varios sectores han advertido que la medida anunciada podría enfrentar cuestionamientos sobre su validez jurídica, al considerar que una suspensión presidencial no estaría dentro de las competencias de la Comisión de Acusaciones.
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La decisión se produce en medio de la recta final de la campaña presidencial y a pocos días de la segunda vuelta electoral, aumentando la tensión política alrededor del proceso y generando nuevas discusiones sobre los límites institucionales de los organismos encargados de investigar al jefe de Estado.


