En el marco de la apertura selectiva decretada por el Gobierno Nacional, vuelven a entrar en vigencia los Decretos 074 y 075 del 28 de febrero de 2020; así como el Decreto 325 del 5 de septiembre de 2019, que establecen las medidas en materia de restricción para los vehículos particulares, para taxis y para motocicletas, respectivamente, en Santa Marta.
Como es de recordarse, el Decreto 074 tiene como objeto regular la movilidad de los vehículos automotores particulares y adoptar las medidas necesarias para disminuir los índices de congestión vehicular en Santa Marta.
En consecuencia, se retoma el calendario de pico y placa para vehículos de servicio particular, de lunes a viernes, en el horario comprendido entre las 7:00 de la mañana y las 7:00 de la noche, de acuerdo con la siguiente tabla.
DÍA ÚLTIMO DÍGITO DE PLACA
Lunes 6-7
Martes 8-9
Miércoles 0-1
Jueves 2-3
Viernes 4-5
La zona de aplicación de esta restricción para los vehículos particulares será el área comprendida entre la carrera 1, Batallón Córdoba, Cerro Ziruma, Troncal del Caribe y la Vía Alterna.
En cuanto a los taxis, vuelve a regir el Decreto 075 del 28 de febrero de 2020, que restringe la circulación y tránsito de vehículos de servicio público de transporte terrestre individual de pasajeros en el área urbana de Santa Marta, de lunes a sábado, de acuerdo con el último dígito de la placa y con una programación establecida por la Alcaldía Distrital, en el horario comprendido entre las 7:00 de la mañana y las 11:59 de la noche.
La restricción a la circulación de taxis en Santa Marta se reinicia este martes 1 de septiembre con aquellos cuyo último dígito de la placa corresponde a los números 3 y 4
MOTOCICLETAS Y DOMICILIARIOS
Otro Decreto que retoma vigencia es el 325 del 5 de septiembre de 2019, que tiene como objeto restringir el uso de vehículos tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos en el área urbana de Santa Marta, de lunes a viernes, entre las 7:00 de la mañana y las 7:00 de la noche, de acuerdo con el último dígito de la placa, según este cuadro:
LUNES 1-2-3-4
MARTES 5-6-7-8
MIÉRCOLES 9-0-1-2
JUEVES 3-4-5-6
VIERNES 7-8-9-0
Sobre el servicio de domiciliarios, el secretario de Movilidad Multimodal y Sostenible de Santa Marta, Juan Carlos De León, precisó que “En el marco de esta apertura decretada por el Gobierno Nacional buscamos regular la actividad de los domiciliarios. Ellos en la medida en que ejerzan esta actividad están exentos, porque en el marco del Decreto 325 de septiembre del 2019, la actividad del domiciliario está exenta, sigue estando en esa exención pero buscamos la manera de regular esa actividad para que se reconozca la labor del domiciliario en Santa Marta”.
Vale mencionar que de igual manera, vuelven a tomar vigencia las excepciones, las sanciones y demás consideraciones contenidas en los mencionados decretos expedidos en su momento por la Administración Distrital.