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Tribunal decreta pérdida de investidura de Elizabeth Molina por violar régimen de incompatibilidades

La decisión del Tribunal Administrativo del Magdalena deja a la exdiputada inhabilitada de forma permanente para aspirar a corporaciones públicas de elección popular.

El Tribunal Administrativo del Magdalena decretó la pérdida de investidura de la exdiputada Elizabeth Molina Campo, al comprobar que incurrió en una violación al régimen de incompatibilidades establecido en la Ley 2200 de 2022, tras celebrar contratos con una entidad pública dentro del periodo en el que tenía prohibido hacerlo.

De acuerdo con la decisión adoptada por la Sala Plena, Molina suscribió dos contratos de prestación de servicios con el municipio de Ciénaga en febrero y octubre de 2024, es decir, dentro de los 12 meses posteriores a la finalización de su periodo como diputada de la Asamblea del Magdalena, comprendido entre 2020 y 2023.

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El fallo concluyó que esta actuación vulneró la norma que prohíbe a los exdiputados intervenir en actuaciones contractuales dentro del mismo territorio donde ejercieron jurisdicción durante el año siguiente a la terminación de su mandato.

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Tribunal encontró responsabilidad objetiva y subjetiva

Según el análisis del Tribunal, se configuraron los dos elementos necesarios para declarar la pérdida de investidura. El elemento objetivo quedó demostrado con la firma de los contratos dentro del periodo de incompatibilidad, mientras que el elemento subjetivo se sustentó en que Molina, por su condición de exdiputada, tenía el deber de conocer las restricciones legales aplicables a su investidura.

La corporación judicial determinó que el incumplimiento de estas disposiciones constituye una falta grave que amerita la máxima sanción contemplada en el régimen disciplinario para miembros de corporaciones públicas.

Sanción implica inhabilidad permanente

La pérdida de investidura es una sanción de carácter permanente que implica la inhabilidad definitiva para aspirar a cargos de elección popular en corporaciones públicas, entre ellas el Congreso de la República, asambleas departamentales y concejos municipales.

En consecuencia, Elizabeth Molina Campo no podrá postularse nuevamente a cargos como Cámara de Representantes, Senado, Asamblea o Concejo.

Fallo podrá ser revisado por el Consejo de Estado

La decisión del Tribunal Administrativo del Magdalena puede ser apelada ante el Consejo de Estado, instancia que tendrá la última palabra sobre la legalidad de la sanción.

Hasta que se resuelva una eventual apelación, el fallo representa una de las sanciones más severas dentro del ámbito político regional, al excluir de forma permanente a la exdiputada de la posibilidad de ejercer cargos de elección popular.

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