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Secretario de la Asamblea envuelto en caso de acoso sexual

Su elección se dio luego de obtener 7 votos, entre ellos, los de las diputadas, Rosita Jiménez, Marta García, Candy Sánchez, Ángela Cedeño y Mallath Martínez, quienes se han caracterizado por rechazar la violencia de género.

La Asamblea no sale de un escándalo cuando ya está envuelta en otro. Ahora es el secretario general recientemente electo, Daniel Hernández Meneses quien aparece vinculado en una denuncia por acoso sexual.
En la plenaria, se conoció que, en agosto del 2024, la Universidad del Magdalena, donde se venía desempeñando como docente catedrático del Centro para la Regionalización de la Educación y las Oportunidades- CREO, le terminara el contrato por presuntos actos de acoso sexual.

En el 2024, la Vicerrectoría Académica de la Universidad por medio de la Resolución No. 515 de 2024 tomó medidas tras la apertura de un proceso administrativo sancionatorio contra Hernández Meneses por presuntos actos de acoso sexual y por incumplimiento de las obligaciones contractuales establecidas en su vinculación.

La decisión fue tomada después de recibir una queja formal de la estudiante Isabella Manotas Velásquez, quien expuso situaciones de acoso y un ambiente hostil por parte de Hernández Meneses y otro docente. En esa línea, la Vicerrectoría determinó que ambos docentes habían incumplido las normas del protocolo institucional para la prevención y atención de la violencia basada en el género, lo que llevó a la terminación unilateral de sus contratos.

Ante esto, Daniel Hernández interpuso un recurso de reposición en el que solicitaba que la resolución 515 fuera revocada y que se le absolviera de los cargos que se le habían imputaron. En su solicitud, argumentó que el procedimiento no se llevó a cabo de manera justa y que se cometieron errores en la valoración de las pruebas y en la interpretación de la normativa aplicable.

Sin embargo, el 28 de enero, del presente año, por medio de la Resolución No. 189 de 2025, confirmó la decisión adoptada a través de la Resolución No. 515 de 2024, argumentando que las evidencias recaudadas durante el procedimiento administrativo sancionatorio, los hechos descritos en la denuncia, sumados a las pruebas y a la declaración de la víctima, configuran una situación grave que involucra el incumplimiento de las obligaciones contractuales, eran suficientes para concluir que se vulneraron los derechos de la estudiante y que la situación expuso a la víctima a un riesgo innecesario e inaceptable.

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