El presidente Gustavo Petro fue sancionado por un juez en Bogotá tras incumplir una orden judicial que le exigía rectificar una afirmación, lo que derivó en una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales vigentes.
Como contexto, el caso se remonta a una tutela interpuesta por Jaime Miguel González Montaño, exgerente de Coosalud, quien acudió a la justicia al considerar vulnerado su derecho al buen nombre luego de que el mandatario lo calificara públicamente como “bandido”.
La decisión fue emitida por el Juzgado Veinticuatro Administrativo del Circuito de Bogotá, que determinó que el jefe de Estado incurrió en desacato al no acatar la orden judicial emitida en noviembre de 2025. En consecuencia, se impuso una sanción económica como medida correctiva ante el incumplimiento.
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El documento judicial señala que la multa no exime al presidente de cumplir con la orden de rectificación, por lo que el proceso seguirá abierto hasta que se restablezcan plenamente los derechos afectados. Además, el caso será remitido al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para su respectiva revisión.
De acuerdo con la normativa vigente, el desacato a una tutela puede acarrear sanciones progresivas, incluyendo nuevas multas si persiste el incumplimiento. Estas medidas buscan garantizar que las decisiones judiciales se respeten, incluso cuando involucran a altos funcionarios del Estado.
El fallo también reabre el debate sobre los límites de las declaraciones públicas de los funcionarios y la protección del buen nombre, en un caso que podría escalar si no se cumple con lo ordenado por la justicia en los próximos días.


