El documento será solicitado para la adquisición y pagos de bienes y servicios diferentes en locales comerciales y establecimientos públicos.
Como lo anunció la Alcaldía de Santa Marta la semana pasada, este martes 9 de marzo retorna la medida especial de pico y cédula en la ciudad.
De acuerdo con el decreto el pico y cédula rige con el último dígito de la cédula de ciudadanía, documento de identidad y/o pasaporte de los ciudadanos de otras nacionalidades que viven en el Distrito.
Cabe indicar que este documento será solicitado para la adquisición y pagos de bienes y servicios en los establecimientos bancarios y financieros, notarias, curadurías, Oficina de Instrumentos Públicos, Registraduría del Estado Civil, supermercados, supertiendas, tiendas de cadenas tales como D1, ARA, Justo y Bueno Centros Comerciales, Secretaria de Movilidad Distrital y el SIETT, tal como se detalla a continuación:
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Último dígito documento de identificación de nacionales y extranjeros fecha 0, 1, 2 9 de marzo de 2021
3, 4, 5 – 10 de marzo de 2021
6, 7, 8 – 11 de marzo de 2021
9, 0, 1 – 12 de marzo de 2021
2, 3, 4 – 13 de marzo de 2021
5, 6, 7 – 14 de marzo de 2021
8, 9, 0 – 15 de marzo de 2021
1, 2, 3 – 16 de marzo de 2021
4, 5, 6 – 17 de marzo de 2021
7, 8, 9 – 18 de marzo de 2021
Esta medida no aplica para restaurantes, hoteles, parques recreacionales con espacios abiertos, quienes corresponderán y vigilarán que durante la permanencia de sus clientes cumplan con los protocolos de bioseguridad que son obligatorios y de responsabilidad individual.
Los establecimientos de comercio incluyendo los gastronómicos, grandes superficies, supermercados, tiendas de cadenas, locales comerciales y en todos los espacios en los que se desarrolle actividades comerciales.
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Igualmente, laborales, educativas, culturales, hoteles y similares, club privados, áreas comunes de la propiedad horizontal, salones de eventos o similares, las iglesias o cultos deberán reforzar los protocolos y medidas de bioseguridad.
Con el fin de prevenir y controlar el contagio y mitigar sus efectos en todo el territorio rural y urbano del de la capital del Magdalena quedan prohibidos los eventos y/o conciertos privados, fiestas o eventos sociales y celebraciones de carácter público, privados o clandestinos en los espacios abiertos o cerrados en los cuales no se pueda guardar el distanciamiento físico de dos (2) metros cuadrados entre persona y persona.
El uso de Pick Up, conocidos como “picós, en lugares públicos de la jurisdicción de Santa Marta quedan prohibidos.
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Toda la población que habita, resida, visite a la ciudad de Santa Marta está obligada a adoptar, asumir y ser responsable con el protocolo de bioseguridad de comportamiento del ciudadano en el espacio público para la disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio en las actividades cotidianas.
De acuerdo con Ley 1801 de 2016, los que no acaten estas normas serán sancionados con multas, amonestaciones, cierre de establecimientos y las sanciones punibles contempladas en la ley.