Hay diferentes fechas para los trabajadores del sector público y los del sector privado.
Son muchos los ciudadanos que esperan con ansias la llegada de las festividades de fin de año, no solo por las vacaciones, sino también porque es en esta época que los empleadores, tanto públicos como privados, deben pagar la prima de Navidad.
Sin embargo, muchos colombianos ignoran cuales son las fechas estipuladas por el Gobierno Nacional para el pago de este dinero.
De acuerdo con el cronograma económico del paÍs los servidor público tienen más ventajas con este beneficio, ya que el Gobierno emitió un decreto en el que adelanta el pago de la prima de fin de año para estos empleados.
El documento estipula que “las entidades públicas tendrían hasta el 30 de noviembre para realizar los pagos a los servidores”.
La idea del Ejecutivo es que los servidores cuenten con su prima antes de la primera semana de diciembre con el objetivo de impulsar la reactivación económica e incentivar las ventas en la tercera jornada del Día sin IVA que se desarrollará el próximo tres de diciembre.
Por otra parte, si eres trabajador en el sector privado, el adelanto de la prima será opcional y cada compañía decidirá si adelanta el pago a noviembre.
En caso de no hacer este adelanto, según lo estipulado en el artículo 32 del Decreto 1045 de 1978, la Prima de Navidad se pagará en la primera quincena del mes de diciembre, dando como plazo máximo para el pago el 20 de diciembre.
Tenga en cuenta estas fechas para que no se pasen del día de pago de su prima y pueda hacer las compras correspondientes.