Connect with us

Hi, what are you looking for?

Santa Marta

Procuraduría alerta que fallo que suspende intervención en la Essmar es improcedente

El órgano de control indicó que la vía para buscar esa nulidad era la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

La Procuraduría General de la Nación alertó de que a pesar de haber señalado la improcedencia de la acción de tutela que pedía la nulidad del acto administrativo que le permitió a la Superservicios tomar posesión de la Empresa de Servicios de Santa Marta -Essmar-, el Juez Segundo Administrativo del Circuito de la capital del Magdalena ordenó suspender la intervención.

Según el Ministerio Público, el fallo fue proferido un día antes de iniciar la vacancia judicial y el cual aún no está en firme. 

En su concepto respecto a la procedencia de esa acción de tutela, la Procuraduría precisó que el afectado disponía de otros mecanismos de defensa para obtener la nulidad del acto administrativo mediante el cual se ordenó la toma de posesión de la Essmar.

El órgano de control indicó que la vía para buscar esa nulidad era la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, “pues mediante la acción de tutela no se puede desplazar ni reemplazar el mecanismo ordinario establecido por la ley para el juicio de legalidad de los actos administrativos”.

Añadió que la tutela es procedente de manera excepcional cuando se trata de evitar que se consolide un perjuicio irremediable, y en este caso no existía prueba ni argumento alguno que permitiera considerar que se le estuviera provocando un daño a la persona que la instauró.

El órgano de control agregó que el accionante no acreditó tener la calidad de representante de la Essmar ni tampoco se observaba que la toma de posesión de la empresa por parte de la Superservicios lo afectara directa o indirectamente.

“Si bien es cierto que se trata de una empresa pública que presta el servicio a toda la comunidad de Santa Marta, ello no es suficiente para considerar que la medida de la toma de posesión le ha ocasionado vulneración de derecho a él como persona natural, pues precisamente dicha medida tiene como fin garantizar la prestación eficiente del servicio”, puntualizó el Ministerio Público en el concepto presentado.

En uso de los recursos legales a su disposición, la Procuraduría impugnará el fallo proferido por el Segundo Administrativo del Circuito de Santa Marta.

Written By

Te puede interesar

Magdalena

El Caribe colombiano podría enfrentar en los próximos meses uno de los fenómenos de El Niño más intensos de los últimos años, con altas...

Judiciales Local

Un lamentable hecho se registró durante la tarde de este viernes 26 de junio en el barrio Corea, al sur de Santa Marta, donde...

Santa Marta

Santa Marta conmemorará el Mes del Orgullo con la Gran Marcha Lgbtiq+ 2026, una movilización que se realizará este domingo 28 de junio bajo...

Entretenimiento

El artista barranquillero Álvaro Pardo Montaña, conocido artísticamente como MULATTHO, dio el primer paso en su carrera musical con el lanzamiento de ‘Carta al...

Judiciales Local

Rodolfo Campo Gómez, árbitro ampliamente conocido en torneos barriales y campeonatos locales, perdió la vida luego de permanecer varias horas hospitalizado tras ser herido...

Santa Marta

La Secretaría de Salud Distrital de Santa Marta confirmó que una muestra de agua tomada en el barrio María Eugenia resultó positiva para coliformes, por lo que determinó que...