Connect with us

Hi, what are you looking for?

Santa Marta

Procuraduría alerta que fallo que suspende intervención en la Essmar es improcedente

El órgano de control indicó que la vía para buscar esa nulidad era la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

La Procuraduría General de la Nación alertó de que a pesar de haber señalado la improcedencia de la acción de tutela que pedía la nulidad del acto administrativo que le permitió a la Superservicios tomar posesión de la Empresa de Servicios de Santa Marta -Essmar-, el Juez Segundo Administrativo del Circuito de la capital del Magdalena ordenó suspender la intervención.

Según el Ministerio Público, el fallo fue proferido un día antes de iniciar la vacancia judicial y el cual aún no está en firme. 

En su concepto respecto a la procedencia de esa acción de tutela, la Procuraduría precisó que el afectado disponía de otros mecanismos de defensa para obtener la nulidad del acto administrativo mediante el cual se ordenó la toma de posesión de la Essmar.

El órgano de control indicó que la vía para buscar esa nulidad era la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, “pues mediante la acción de tutela no se puede desplazar ni reemplazar el mecanismo ordinario establecido por la ley para el juicio de legalidad de los actos administrativos”.

Añadió que la tutela es procedente de manera excepcional cuando se trata de evitar que se consolide un perjuicio irremediable, y en este caso no existía prueba ni argumento alguno que permitiera considerar que se le estuviera provocando un daño a la persona que la instauró.

El órgano de control agregó que el accionante no acreditó tener la calidad de representante de la Essmar ni tampoco se observaba que la toma de posesión de la empresa por parte de la Superservicios lo afectara directa o indirectamente.

“Si bien es cierto que se trata de una empresa pública que presta el servicio a toda la comunidad de Santa Marta, ello no es suficiente para considerar que la medida de la toma de posesión le ha ocasionado vulneración de derecho a él como persona natural, pues precisamente dicha medida tiene como fin garantizar la prestación eficiente del servicio”, puntualizó el Ministerio Público en el concepto presentado.

En uso de los recursos legales a su disposición, la Procuraduría impugnará el fallo proferido por el Segundo Administrativo del Circuito de Santa Marta.

Written By

Te puede interesar

Santa Marta

La intervención programada por Air-e obligará a suspender el servicio eléctrico en sectores turísticos, residenciales e industriales del corredor sur de la ciudad durante...

Santa Marta

Con más de 140 intervenciones, la Alcaldía Distrital continúa avanzando en el mejoramiento de la movilidad y la protección de peatones en cumplimiento de...

Santa Marta

Tras impulsar la consolidación de la universidad pública del Distrito, la exrectora anunció su candidatura y presentó las primeras banderas con las que buscará...

Judiciales Local

La víctima, de 27 años, recibió múltiples impactos de bala y murió cuando era remitida a un hospital. La tranquilidad del municipio de El...

Judiciales Local

Como Martín Cervantes, al parecer mototaxista del municipio de Fundación, fue identificado el hombre hallado sin vida en las últimas horas en el sector...

Santa Marta

Un concepto técnico de la Secretaría de Salud confirmó contaminación en sectores de El Pando y María Eugenia. La Personería advirtió que la situación...