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Petro no se defendería de la investigación del CNE

El abogado del Presidente aseguró que no rendirá descargos porque el órgano electoral no tiene competencia para investigarlo.

Héctor Carvajal, abogado del presidente Gustavo Petro, aseguró que “no presentará descargos” ante el Consejo Nacional Electoral, CNE, en medio del caso que se adelanta por las supuestas irregularidades cometidas en la campaña de 2022.

De acuerdo con el apoderado del jefe de Estado, el órgano electoral no cuenta con la “competencia” para llevar adelante este proceso.
“No voy a presentar descargos porque no puedo atender sus requerimientos. Si digo que no tienen competencia, no puedo actuar en su proceso. Es grave que se deje imponer una multa al presidente de la República porque no se puede sentar un precedente de esa naturaleza en el país”, señaló.

Opinión de expertos

El cargo del presidente Gustavo Petro no está en riesgo por la investigación y formulación de cargos del Consejo Nacional Electoral (CNE) contra su campaña de 2022 por la supuesta violación de los topes de gastos, según expertos en temas constitucionales.

El CNE considera que Petro, como candidato; el gerente de su campaña, Ricardo Roa, y otros miembros de su equipo deberán responder “por la presunta vulneración al régimen de financiación de las campañas electorales”, pues se sospecha que superaron los topes de gasto establecidos y recurrieron a fuentes prohibidas que no declararon.

El mandatario está convencido de que la actuación del CNE es un “golpe de Estado” e incluso llevó el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), pues considera que ese organismo ha extralimitado sus funciones y no ha respetado su fuero presidencial.

Al respecto, el constitucionalista Juan Manuel Charry dijo que el CNE sí puede investigar y formular cargos contra los responsables de la campaña presidencial de Petro, lo que incluye al hoy jefe de Estado.

“El CNE sí puede investigar al presidente”, señala tajantemente Charry, quien aclara que lo que no puede hacer ese organismo es “destituir al presidente”, pues si llega a encontrar alguna responsabilidad de su parte, quien debe ocuparse del caso es el Congreso, su juez natural.
Charry explica que la Ley 996 de 2005 autoriza al CNE para que haga “revisiones y auditorías, en cualquier tiempo, a los ingresos y gastos de campaña, y en caso de comprobarse infracción se impondrán sanciones desde multas, congelación de giros, devolución de recursos y, tratándose del ganador de las elecciones presidenciales, el Congreso podrá decretar la pérdida del cargo, según el procedimiento de juicio político por indignidad”.
El ex vicepresidente y ex jefe negociador de paz Humberto De la Calle, también experto constitucionalista, considera “que el CNE no puede tumbar al presidente” porque aunque ese órgano “está habilitado para investigar todas las campañas”, investigar la de Petro en 2022 no es investigar al presidente.
“Petro terminará su periodo (el 7 de agosto de 2026). Su alegato del golpe, además de exagerado, le hace daño a Colombia”, opinó .

Tomado de El Heraldo

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