La decisión se da tras la tutela presentada por Luciana, quien pidió que se respetara su voluntad frente al régimen de visitas con su padre biológico. El caso marca un precedente sobre la voz infantil en procesos judiciales.
En Fundación, Magdalena, una niña de apenas 10 años se convirtió en símbolo de valentía y en protagonista de un fallo histórico que reafirma la importancia de la voz infantil en los procesos judiciales. Se trata de Luciana, quien decidió interponer una acción de tutela para que se respetara su opinión frente al régimen de visitas ordenado por un juez en favor de su padre biológico, con quien no mantenía vínculo afectivo.
Luciana creció rodeada del cariño de su mamá, su abuela, su perrita y su padrastro, a quien reconoce como su verdadero padre. En contraste, con su progenitor biológico no había tenido contacto ni comunicación durante años.
Cuando un juez local ordenó visitas reguladas con este último, la niña expresó sentirse incómoda y afectada emocionalmente, pues no lo conocía ni tenía un lazo afectivo con él. Frente a esa situación, y recordando lo aprendido en su colegio sobre los mecanismos de protección, decidió acudir a la justicia.
Con la ayuda de un vecino abogado, redactó una tutela en la que manifestó con claridad: “Para mí él (mi padrastro) es mi papá. Lo amo mucho y me enseña mucho. Y está el señor que me dio únicamente la vida y ya”.
De Fundación a la Corte Constitucional
Aunque la tutela no prosperó en primera ni en segunda instancia, la insistencia de la niña llevó el caso hasta la Corte Constitucional, que lo estudió bajo la sentencia T-350 de 2025.
En un fallo redactado en un lenguaje sencillo, la Corte destacó la valentía de Luciana y recordó que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser escuchados en cualquier proceso que los involucre.
La decisión dejó sin efectos el régimen de visitas anterior y ordenó rehacer el proceso teniendo en cuenta la voz de la menor, sentando así un precedente jurídico sobre la participación infantil en decisiones que afectan su vida familiar.
Con esta sentencia, la Corte Constitucional envía un mensaje contundente: el derecho de los niños a ser escuchadosno puede ser ignorado ni minimizado. El caso de Luciana no solo transformó su propia realidad, sino que abre el camino para que en futuros procesos similares se garantice la participación activa de los menores de edad.
