La entidad judicial encargada velar por la integridad y la supremacía de la Constitución, reiteró este martes que la libertad de expresión está protegida por la Constitución colombiana y por ende, la comunidad tiene todo el derecho de criticar o cuestionar la conducta de cualquier servidor público en sus redes sociales personales.
Esto se dio a conocer tras una decisión de la Sala Segunda de Revisión, luego de que se negara una acción de tutela interpuesta por un directivo del Hospital Universitario de Santander, en donde aseguraba, que había visto vulnerado sus derechos al buen nombre, la honra y la intimidad, por una empleada de esa misma institución que había compartido en redes una publicación en la que se le acusaba de pertenecer a un “cartel de la corrupción”.
“Los discursos sobre funcionarios o personajes públicos están especialmente protegidos” indicó el fallo de la Corte, publicado por el diario El Colombiano.
Pero advirtió también que “la libertad de expresión puede entrar en conflicto con los derechos de terceras personas”. Además se fijaron cinco criterios para tener en cuenta: 1) quién comunica, 2) de qué o quién se comunica, 3) a quién se comunica, 4) cómo se comunica y 5) por qué medio se comunica.