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Santa Marta

Indígenas de Taganga inconformes con fallo judicial que levanta suspensión de actividades exploratorias en pozo Sirius

Anuncian que agotarán todas las vías jurídicas para que sean reconocidos sus derechos como minoría étnica consagrados en la Constitución.

Tras la decisión del Tribunal Superior del Distrito de Santa Marta, que revocó la suspensión de los trabajos exploratorios en el pozo Sirius, conocido anteriormente como Uchuva, las autoridades indígenas de Taganga se mostraron contrariadas con el fallo y advirtieron que acudirán a otras instancias judiciales para hacer valer sus derechos.

Para los pueblos ancestrales de este corregimiento dicha decisión resulta contradictoria, al manifestar que “el fallo da un mes para que la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior emita un acto administrativo, incluyendo la consulta previa a la autoridad indígena de Taganga, pero lo condiciona a que el ministerio determine mediante un estudio si procede o no procede la consulta previa”, expresó Aldemar Guerra Zúñiga, cabildo menor de la comunidad indígena de Taganga.

Anunció que en este caso recurrirán a una revisión de la Corte Constitucional, porque en el mismo fallo se acepta que hay una vulneración a un derecho y una afectación a una comunidad indígena, pero ordena que continúen los trabajos de exploración de gas en el pozo Sirius ubicado a mar abierto frente a las costas de Santa Marta y de su territorio ancestral.

Ratificó que el cabildo indígena plantea que se realice una consulta previa justa y mirando de cara las afectaciones al medio ambiente, por considerar que el mar es un ser viviente y que se vería afectado con la exploración y explotación de un posible yacimiento de gas.

Como se recordará, la Procuraduría General de la Nación presentó coadyuvancia a las impugnaciones al fallo de primera instancia con el propósito de garantizar el debido proceso en el trámite de la licencia ambiental surtida para el desarrollo del proyecto, en especial, en lo referido a la certificación de no procedencia de la consulta previa que fue emitida por el Ministerio del Interior de manera oportuna.

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