El regaño vino del Tribunal Superior de Bogotá, que rechazó la petición del organismo investigador de precluir el proceso de Básima Elías. Además, pide a la Procuraduría crear una agencia especial que siga paso a paso lo que hace la Fiscalía en el caso Odebrecht.
Para la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá es inadmisible que la Fiscalía considere que la plata de los sobornos que recibió el exsenador Bernardo Ñoño Elías, a cambio de favorecer a Odebrecht en el contrato de la Ruta del Sol 2, es legal. Así lo dejó claro en un reciente fallo, del pasado 16 de agosto, en el que rechazó la solicitud del ente investigador de cerrar la investigación que se adelanta en contra de la prima del excongresista, Básima Elías.
La mujer fue vinculada al escándalo de corrupción de la multinacional en Colombia en julio de 2017. En ese momento, la Fiscalía expidió una orden de captura en su contra, pues tenía información de que había sido ella la encargada de recibir los millonarios pagos que su primo había acordado con los brasileños a cambio de usar sus contactos, presiones y lobby para favorecerlos ante la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).
El 2 de agosto de 2017, Básima Elías se entregó a las autoridades y la Fiscalía le imputó el delito de lavado de activos. Desde ese entonces ha estado formalmente vinculada al caso y varios de los testigos del expediente Odebrecht han dicho que, a pesar de que le ayudó a recolectar la plata a su primo, nunca supo de dónde provenía el dinero. Según allegados a la familia, Elías siempre fue una pieza importante en las campañas políticas de su primo.
Sin embargo, para noviembre de 2017, la Fiscalía cambió de idea. El ente investigador le solicitó al juez del caso la preclusión de la investigación (que la archivara) porque no tenía pruebas para asegurar que esos dineros que ella le ayudó a recoger al Ñoño Elías eran ilegales. En su defensa, Básima Elías y la misma Fiscalía explicaron que la plata fue legal, pues salió de la fiduciaria del proyecto vial, manejada por Corficolombiana del Grupo Aval.
Tanto la Fiscalía como la defensa de la mujer argumentaron que ella no tenía idea de dónde provenía la plata, que su papel se limitó a ser la transportadora del dinero de los sobornos y que nunca supo de las andanzas ilegales de su primo. Con esa postura, la Fiscalía estaba segura de que la preclusión sería aceptada. Pero, en realidad, fue completamente rechazada tanto en primera como en segunda instancia. Para los magistrados del Tribunal de Bogotá Alberto Poveda Perdomo, Ramiro Riaño Riaño y Julián Rodríguez Pinzón, es imposible creer que más de $300 millones, la cantidad que ella transportó, no generarían sospecha.
“De lo anterior se sigue que quien entregó el dinero y quien lo iba a recibir no podían haber afirmado a la mensajera que simplemente debía traer unos papeles cualquiera o una bolsa con plátanos o ñame, NO. Es de sentido común que necesariamente advirtieron a la mensajera de los cuidados que debía tener al transportar la exorbitante cantidad de billetes que se le entregaría y que debía hacer llegar sin contratiempos a quien correspondía”, señala el Tribunal usando las mayúsculas como énfasis de su discurso.
Aunque los magistrados aclararon que originalmente se podría sostener que los dineros tenían una fuente legal, pues provenían de un contrato, “desde el momento en que los concesionarios de la Ruta del Sol idean, planifican, ejecutan y resuelven hacer los pagos a las personas que ejercieron actividades de lobby o cabildeo”, tales billetes se convierten en ilegales y el Estado tiene la obligación de incautarlos.
Para el Tribunal, esas tareas turbias que hicieron excongresistas como el Ñoño Elías o Otto Bula, quien habría sido el encargado de entregarle la plata a Básima Elías, no son otra cosa que tráfico de influencias en la medida en que tienen que hacer operaciones encubiertas, ocultas o por debajo de la mesa. Y, en consecuencia, las autoridades deben procesar a los responsables e investigarlos.
Sobre esta tarea del Estado, el Tribunal resaltó en su decisión que todavía es tarea pendiente de la Fiscalía la de “imputar, acusar y reclamar fallos de condena contra todos aquellos que individualmente o desde el propio sector empresarial han contribuido en la materialización de uno de los más graves y repudiables hechos de corrupción de que se tenga noticia”.
El regaño de los magistrados a la Fiscalía incluye más elementos. Para ellos, el hecho de que los fiscales no hayan tenido en cuenta el contexto del caso en el que se perfeccionó la trama criminal de Odebrecht, y las diferentes investigaciones que se han llevado a cabo desde que estalló el escándalo en diciembre de 2016, “conduce a resultados inadmisibles que construyen catedrales de impunidad”.
“Se reconviene a la Fiscalía para que cumpla sus funciones constitucionales y legales, para lo cual se le recuerda, que debe perseguir el delito y sus responsables. De poco sirven grandilocuentes o rimbombantes estatutos anticorrupción si quien tiene la obligación de luchar contra la impunidad mira para otro lado o se somete al designio de la criminalidad de cuello blanco”, dice el fallo del Tribunal Superior de Bogotá.
El problema frente al delito de lavado de activos en el caso de Odebrecht ya ha aparecido en otros procesos. El más sonado de ellos es el que tiene que ver precisamente con el de Bula. Antes de dejar su cargo, el fiscal ad hoc, Leonardo Espinosa, le explicó a la Corte Suprema en uno de sus informes que había encontrado una inconsistencia en el trabajo que había hecho el fiscal Daniel Hernández y su fiscal de apoyo, Álvaro Betancur.
Para Espinosa, resultaba inexplicable que a Bula no le hubieran imputado el cargo de lavado de activos y de concierto para delinquir. Por otra parte, resaltó el hecho de que en los casos de los empresarios Gabriel Dumar, Eduardo Zambrano y Gustavo Torres, señalados de lavar el dinero de los sobornos, el fiscal Hernández hubiera eliminado ese mismo delito de sus expedientes
Además de que los magistrados del Tribunal de Bogotá calificaron de inaudita la posición de la Fiscalía frente al caso de Básima Elías, los togados hicieron otro llamado de atención, pues no entienden por qué el ente investigador no ha vinculado a las víctimas del entramado. En este caso, el Tribunal echa de menos que los fiscales no hayan acreditado a las entidades estatales que pudieron resultar afectadas por este episodio de corrupción fomentada desde el sector privado.
En esta historia, es claro para los magistrados que el patrimonio público y la respetabilidad de la administración pública han sido sometidos a la delincuencia organizada. Por esta razón, el Tribunal le ordena a la Fiscalía a que “adelante las gestiones necesarias para que a la presente actuación se vinculen las entidades estatales que tienen comprometido su patrimonio con las maniobras desplegadas por el grupo criminal” de Odebrecht.
Antes de firmar la sentencia, los magistrados Poveda, Riaño y Rodríguez agregaron una solicitud más. Invitaron al procurador general, Fernando Carrillo, a que designe una agencia especial para que participe en todas las audiencias y vigile de cerca las actuaciones de la Fiscalía pues, dice, ha sido errática hasta ahora. La invitación, añaden los togados, es para evitar que hechos tan graves de corrupción como el de Odebrecht queden por inercia, inactividad o apatía, en la completa impunidad.
Tomado de El Espectador