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¿En qué casos le pueden embargar hasta el 50% de su pensión? Conozca lo que dice la ley

Los expertos en derecho laboral y pensional recomiendan buscar asesoría jurídica especializada si recibe una notificación de embargo o enfrenta un proceso de cobro.

Aunque la nueva reforma pensional liderada por el presidente Gustavo Petro aún no ha entrado en vigor debido a una exigencia de la Corte Constitucional que obliga a discutir el texto aprobado en Senado en la plenaria de la Cámara de Representantes, ya existe una normativa vigente que permite embargar parte de la mesada pensional en casos específicos.

Se trata del artículo 134 de la Ley 100 de 1993, que establece que, si bien las pensiones son inembargables en la mayoría de los casos, existen dos excepciones legales en las que se puede retener hasta el 50% del valor neto de la mesada.

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Casos en los que sí se puede embargar una pensión

Según el Fondo de Pensiones Públicas de Colombia (FOPEP), el embargo sí es posible cuando se trata de: Obligaciones alimentarias, como cuotas por manutención de hijos o ex cónyuges, procesos civiles por deudas contraídas con cooperativas o fondos de empleados.

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Estas excepciones están amparadas por la misma ley que protege la pensión, ya que se consideran compromisos con una salvaguarda jurídica especial. En ambos casos, es necesario que exista un proceso judicial en curso, y será un juez quien autorice el embargo, el cual no podrá superar el 50% del ingreso mensual del pensionado.

Reforma pensional: lo que viene

Aunque la Ley 2381 de 2024, conocida como la reforma pensional, ya fue aprobada en el Congreso, aún no ha entrado en vigencia.

Esta normativa plantea un nuevo modelo de cuatro pilares solidario, semicontributivo, contributivo y voluntario que busca ampliar la cobertura pensional sin afectar a quienes se encuentren dentro del régimen de transición.

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Para quienes ya están pensionados, es clave saber que estas disposiciones de embargo siguen vigentes y no fueron modificadas por la reforma. La medida aplica tanto para los afiliados a Colpensiones (régimen público) como para quienes reciben su pensión a través de fondos privados como Porvenir, Protección, Colfondos o Skandia.

¿Qué hacer si enfrenta un embargo?

Los expertos en derecho laboral y pensional recomiendan buscar asesoría jurídica especializada si recibe una notificación de embargo o enfrenta un proceso de cobro. Conocer sus derechos y límites legales es fundamental para evitar afectaciones financieras mayores durante la vejez.

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