Connect with us

Hi, what are you looking for?

Colombia

¿En qué casos le pueden embargar hasta el 50% de su pensión? Conozca lo que dice la ley

Los expertos en derecho laboral y pensional recomiendan buscar asesoría jurídica especializada si recibe una notificación de embargo o enfrenta un proceso de cobro.

Aunque la nueva reforma pensional liderada por el presidente Gustavo Petro aún no ha entrado en vigor debido a una exigencia de la Corte Constitucional que obliga a discutir el texto aprobado en Senado en la plenaria de la Cámara de Representantes, ya existe una normativa vigente que permite embargar parte de la mesada pensional en casos específicos.

Se trata del artículo 134 de la Ley 100 de 1993, que establece que, si bien las pensiones son inembargables en la mayoría de los casos, existen dos excepciones legales en las que se puede retener hasta el 50% del valor neto de la mesada.

Le puede interesar: Petro habló claro: no devolverá la Essmar hasta que no esté saneada

Casos en los que sí se puede embargar una pensión

Según el Fondo de Pensiones Públicas de Colombia (FOPEP), el embargo sí es posible cuando se trata de: Obligaciones alimentarias, como cuotas por manutención de hijos o ex cónyuges, procesos civiles por deudas contraídas con cooperativas o fondos de empleados.

Leer más: “Malo si me voy, malo si me quedo”: a policía samario le negaron su renuncia en la institución

Estas excepciones están amparadas por la misma ley que protege la pensión, ya que se consideran compromisos con una salvaguarda jurídica especial. En ambos casos, es necesario que exista un proceso judicial en curso, y será un juez quien autorice el embargo, el cual no podrá superar el 50% del ingreso mensual del pensionado.

Reforma pensional: lo que viene

Aunque la Ley 2381 de 2024, conocida como la reforma pensional, ya fue aprobada en el Congreso, aún no ha entrado en vigencia.

Esta normativa plantea un nuevo modelo de cuatro pilares solidario, semicontributivo, contributivo y voluntario que busca ampliar la cobertura pensional sin afectar a quienes se encuentren dentro del régimen de transición.

Leer también: EE.UU. le da ‘espaldarazo’ a Uribe por posible “instrumentalización judicial”

Para quienes ya están pensionados, es clave saber que estas disposiciones de embargo siguen vigentes y no fueron modificadas por la reforma. La medida aplica tanto para los afiliados a Colpensiones (régimen público) como para quienes reciben su pensión a través de fondos privados como Porvenir, Protección, Colfondos o Skandia.

¿Qué hacer si enfrenta un embargo?

Los expertos en derecho laboral y pensional recomiendan buscar asesoría jurídica especializada si recibe una notificación de embargo o enfrenta un proceso de cobro. Conocer sus derechos y límites legales es fundamental para evitar afectaciones financieras mayores durante la vejez.

Written By

Te puede interesar

Santa Marta

La Embajada de Estados Unidos ejecuta un plan de intervención y restauración en Ciudad Perdida, en la Sierra Nevada de Santa Marta, con el fin de preservar su riqueza arqueológica...

Judiciales Local

La investigación por el brutal asesinato del científico italiano Alessandro Coatti sigue arrojando resultados. En medio de labores silenciosas, las autoridades lograron una nueva captura que podría ser...

Entretenimiento

Colombia, 26 de julio de 2025. El corazón de Cali se aceleró en la noche de este viernes 25 de julio cuando Willy García se apareció sorpresivamente...

Entretenimiento

El cantautor colombiano, presenta “No te rindas” su primer sencillo como solista, una canción que motiva a no rendirse, a echar pa’ delante y afrontar cada dificultad con amor. Los sonidos acústicos son...

Santa Marta

El uniformado que se ganó el cariño de miles en redes sociales por su estilo cercano y educativo, había solicitado su retiro de la Policía...

Colombia

El fallo condenatorio en primera instancia contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez ha provocado reacciones más allá de las fronteras colombianas. Desde Washington, funcionarios...