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Santa Marta

El Rodadero y Gaira se quieren ‘abrir’ de Santa Marta

Se viene gestando un movimiento cívico, que busca que sea convertido en el nuevo municipio del Magdalena.

El balneario turístico de El Rodadero, se quiere separar de Santa Marta y para lograrlo conjuntamente con Gaira, a través de su dirigencia cívica, comunal y gremial vienen promoviendo la iniciativa de convertirse en municipio, para no depender administrativamente del Distrito de Santa Marta.

En esto se encuentra un grupo de personas, entre comerciantes, líderes comunales y otro que ven que de lograrlo manejarían sus propios recursos y realizarían las obras que se requiere para despegar en todos los renglones de la economía nacional, porque a criterio de los gestores, eso de depender económica y administrativamente de Santa Marta, no conduce a nada.

“Les informo que se ha establecido diálogo y conversación de líderes que residen dentro de lo que podría ser el territorio del nuevo municipio y en su mayoría, hasta ahora todos están dispuestos a trabajar el tema”, sostuvo Aurelio Rosales Durán, presidente de la Junta de Acción Comunal de El Rodadero.

Sin embargo, todo no es color de rosa para lo ‘impulsores’ de esta iniciativa, porque la Administración Distrital no se va a dejar quietar una sección del Distrito, que más contribuye con los recaudos de los impuestos de Industria uy Comercio y Predial, donde quizás se obtiene el 70 por ciento del total recaudo por dichos tributos.

Según Rosales Durán, de las reuniones que ya se han sostenido con algunos sectores de allí y Gaira, se ha establecido trabajar mancomunadamente en un análisis del caso, entre los que hay conocedores que recomiendan que lo primero a definir es el territorio o sea sus linderos según lo establecen las normas.

Remitió a los demás interesados en participar de este proceso de constitución de un nuevo municipio, la legislación colombina donde se determina que cumplen con todos los requisitos y en cuanto al concepto de viabilidad que debe dar la Gobernación del Magdalena, los entendidos en la materia advirtieron que si se presentan obstáculos se debe acudir a mecanismos y estrados judiciales para que determinen la viabilidad del proceso.

“Ahora para que las cosas se den como se tiene previsto sin tantas complicaciones, depende de la fortaleza y voluntad de todos. Por lo que propongo que en este grupo se manifieste la determinación en apoyar o no y que sea determinante como embrión del nacimiento de un nuevo y pujante municipio”, precisó el líder comunal.

LA COSA NO ES FÁCIL

De acuerdo con las leyes 136 y 177 de 1994, 617 de 2000 y 1551 de 2012, los requisitos que una población debe cumplir para ser erigido en municipios son los siguientes:

1.- El área del municipio propuesto tenga identidad, atendidas las características naturales, sociales, económicas y culturales.

2.- El territorio debe contar por lo menos con 25 mil habitantes, y el municipio o municipios de los cuales se pretende segregar no disminuya su población por debajo de este límite señalado, según certificación del Dane. Así mismo, el nuevo municipio no podrá sustraer más de un tercio del área territorial de otro municipio del que desee segregarse.

3.- El municipio propuesto debe garantizar ingresos corrientes de libre destinación anuales equivalentes a 12 mil salarios mínimos mensuales vigentes, durante un período no inferior a cuatro años.

4.- Un estudio de conveniencia económica y social de la iniciativa y de viabilidad, elaborado por el órgano de Planeación Departamental.

Si el nuevo municipio cumple dichos requisitos, se pasa entonces a declararlo siguiendo los siguientes pasos:

–        Obtener un concepto favorable del órgano departamental de Planeación sobre la conveniencia económica y social de crear el municipio.

–         Presentar un proyecto de Ordenanza en la Asamblea Departamental respectiva.

–         Aprobada la ordenanza y el referendo, el gobernador del departamento debe informar a Planeación Nacional para que destine recursos del Sistema General de Transferencias durante los meses iniciales.

–          En las primeras semanas los destina del presupuesto departamental.

–           En decretos especiales debe convocar a elecciones para alcalde y concejo y, de ser necesario, nombrar un mandatario interino.

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