Medios de comunicación a nivel local y cuentas aficionadas de Facebook, empezaron a publicar un presunto fallo que ordenaba el retorno de Rafael Martínez a la medida de aseguramiento domiciliaria.
El fallo de la magistrada Patricia Salazar Cuellar, se pronunció sobre la impugnación formulada por el Juez Primero Penal del Circuito de Santa Marta, contra el fallo que el 10 de julio del año que avanza dictó la Sala Penal Mayorista del Tribunal Superior de ese distrito judicial, en el que tuteló los derechos fundamentales de Rafael Alejandro Martínez, previa demanda de amparo que propuso el mencionado, contra la autoridad ahora recurrente.
El fallo resolvió que: se revocara el fallo impugnado, por las razones expuestas en la parte motiva; Negar el amparo constitucional invocado por el accionante; Notificar esta providencia con el artículo 30 del decreto 2591 de 1991.
Ante esto varios medios de comunicación aseguraron que Martínez volvería a la cárcel o a la casa por cárcel, generando confusión en la ciudad.
Sin embargo, con el fallo la Corte Suprema de Justicia finalmente concluye que la demora por parte del Juez Primero Penal del Circuito, a efectos de resolver la situación jurídica de Martínez en relación con la apelación a la decisión de imposición de medida de aseguramiento de carácter domiciliario, no fue responsabilidad del Juez, sino que dicha demora obedeció a causas propias del trámite judicial.
A pesar que muchos a través de falsas noticias decían lo contrario, Martínez quien lleva poco más de un mes de haber regresado a la Alcaldía de Santa Marta, se ratifica en su cargo.