Connect with us

Hi, what are you looking for?

Magdalena

Destituyen e inhabilitan a expresidente de la ANI por irregularidades en construcción de puente en la vía Plato 

La Procuraduría señaló que el funcionario realizó acuerdos previos para sacar los recursos.

En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por 15 años al expresidente de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), Luis Fernando Andrade Moreno.

De acuerdo con la entiendas, la sanción sería por beneficiar a terceros en la suscripción de otrosíes en el contrato de concesión N°007 de 2010, celebrado entre la ANI y YUMA Concesionaria para  la rehabilitación, construcción y mejoramiento del sector entre San roque, Ciénaga, Carmen de Bolívar y Valledupar, denominado sector 3 del proyecto vial ruta del sol.

El Ministerio Público confirmó que el servidor público se interesó indebidamente en la suscripción con YUMA, para la realización de los estudios y diseños de la fase 3 para el segundo puente en Plato – Zambrano sobre el río Magdalena, por valor de $5.788.240.106, con el fin de entregarle de estos recursos para continuar con la segunda calzada de la troncal, una suma de dinero equivalente a  $650.000.000 millones a José Roberto Prieto Uribe. 

Así mismo, el organismo de control verificó que de los recursos dispuestos para este negocio jurídico se entregaron a José Roberto Prieto Uribe para gestionar favorecimientos externos.

El ente disciplinario aseveró, que corroboró que el funcionario realizó acuerdos previos para sacar los recursos, los cuales se adelantaron de manera interna en la ANI por medio de la creación de subcuentas al momento de la suscripción de la concesión; la cual había sido denominada inicialmente como un rubro para supervisión del área; pero se constató que los dineros se desviaron a un tercero. 

Por tanto, la Procuraduría delegada disciplinaria de juzgamiento 2 calificó la falta de Andrade como gravísima, a título de dolo, decisión que procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento de la Procuraduría General de la Nación. 

Written By

Te puede interesar