De acuerdo con los expertos, el juez debería aplicarle la máxima condena por homicidio culposo agravado debido a que conducía en estado de embriaguez.
¡Justicia!, ese es el clamor de las familias que perdieron a sus hijos en el aparatoso accidente que ocurrió este lunes 13 de septiembre en la Troncal del Caribe a la altura de ‘Puente Viejo’. De acuerdo con las autoridades el conductor que los arrolló, se encontraba con grado dos de alcoholemia al momento del siniestro.
Ante ese panorama y en busca de conocer que pasaría penalmente en este caso. Santa Marta Al Día dialogó con el abogado Humberto Díaz Costa, quien aseguró que la pena que deberá imponer el juez debe oscilar de 9 a 18 años de cárcel.
“En Colombia, conducir bajo el efecto de bebidas embriagantes, sustancias alucinógenas o alguna sustancia que produzca dependencia física o psíquica, tiene una sanción de hasta 18 años de cárcel y el delito es tipificado como un homicidio culposo agravado, que para muchos se llama el dolo eventual”, aseguró el jurista.
Díaz Costa explicó que el código penal, tuvo una reforma en la cual cambio y se adicionó, que para las personas que conduzcan en estado de embriaguez, el delito no será homicidio culposo; si no que es más severo y es tipificado como homicidio culposo agravado.
“Se entiende que cuando una persona se sube a un vehículo no tiene la intención de causar un daño, sino que tiene la intensión de transportarse, de moverse de un sitio a otro. Pero, cuando la persona está tomando ya está cambiando su forma de ser, por lo que debe buscar un conductor elegido”, agregó.
El abogado explicó que los cambios este artículo se debieron a los altos índices de accidentes, por lo que el Congreso modificó el artículo 110, que trata de la circunstancia de agravación punitiva para el homicidio culposo, y estableció la ley 1326 del 2009.
“La pena normal del homicidio culposo va hasta 9 años, pero con ley 1326, si la persona tiene flujo de bebida embriagante, droga o sustancia que produzca dependencia física o psíquica la pena se aumentará a la mitad o al doble de la pena es decir que pasa de 9 años a 18 años la pena máxima”, señaló.
Vives Caballero además deberá responder por sanciones administrativas, perdida de su pase, multas y su pena podría incrementar por la cantidad de personas fallecidas.
Sobre las audiencias se conoció que en la madrugada de este martes el conductor compareció en la audiencia de legalización de captura en su contra y se espera que en el transcurso del día se efectúen las otras audiencias y se pueda conocer la pena a la que será sometido.
Cabe anotar, que en las últimas horas se conoció que Vives Caballero fue internado en la clínica Perfect Body por quebrantos de salud.