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Colombia

Corte Constitucional refuerza derecho de eutanasia para pacientes no terminales

Ya van 2 personas que se han recurrido a la eutanásica en el 2022.

La Corte Constitucional emitió el fallo de tutela en el caso de Yolanda Chaparro, una mujer con una enfermedad en fase no terminal que acudió al recurso jurídico para acceder a la eutanasia.

Sobre ese caso puntual, el tribunal decidió no pronunciarse de fondo debido a que la mujer recibió el procedimiento antes de que se emitiera la decisión de su tutela, pues su EPS Compensar y su IPS Instituto Roosevelt, tuvieron que cumplir con la decisión que la Corte tomó en julio del 2021 sobre la extensión del derecho a morir dignamente.

Sin embargo, la Corte Constitucional llamó la atención a las EPS y cualquier instituto de salud para eliminar cualquier tipo de barreras respecto al derecho a la eutanasia.

Ese tribunal señaló que no tiene justificación “imponer a una persona soportar el sufrimiento derivado de enfermedad o lesión grave e incurable”, dado a que eso “implica someterla a tratos y penas inhumanas, crueles y degradantes”.

“Estos padecimientos intensos no suponen en realidad un beneficio para el bien jurídico de la vida (…); (iv) en torno al sufrimiento y el dolor una vertiente considera que es posible identificar el dolor a partir de criterios objetivos, y otra lo describe como una experiencia esencialmente subjetiva; (v) la Sala respeta ambas corrientes, pero en el ámbito del ejercicio del derecho fundamental a morir dignamente, existe una subregla que privilegia la dimensión subjetiva”, se lee en uno de los apartes del fallo de tutela.

Para la Corte, cualquier tipo de impedimento a la eutanasia justificado en el tiempo que la persona tiene de vida, resulta una barrera para acceder al derecho a morir dignamente.

Durante el 2022 dos personas han recurrido a este procedimiento para tener una vida digna, pero antes tuvieron que emprender una lucha jurídica que sus familiares han calificado como deplorable. 

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