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Magdalena

Corpamag adopta medidas para mitigar efectos del fenómeno El Niño en el Magdalena

Radicaron resolución para combatir el desabastecimiento y mal manejo del agua tras la sequía.

La Corporación Autónoma Regional del Magdalena -Corpamag, informó que adoptan medidas puntuales para afrontar los efectos del fenómeno el niño en Magdalena.

Esta estrategia de control se aplica bajo el marco de la resolución 6420 del 14 de noviembre de 2023, en los 30 municipios del departamento, incluyendo Santa Marta.

Se estima que el fenómeno este presente desde la fecha hasta marzo del 2023 donde disminuirán en forma ostensible las lluvias, y trascenderá a un periodo seco a mediados de abril, según el Ideam.

Periodo en el que pronostican uno de los mayores déficits de lluvias para el Magdalena, en el último trimestre del año.

Por lo que hicieron pertinente desplegar los recursos necesarios para implementar labores de prevención y mitigación de posibles impactos generados por la presencia y desarrollo de este fenómeno climático.

Tales como, desabastecimiento hídrico, disminución o racionamiento de agua potable, sin descartar incendios de la vegetación y de áreas forestales.

Lo dicho, trabajando articuladamente con representantes legales de las entidades territoriales, para que activen los Consejos municipales de Gestión del Riesgo de Desastres.

De tal manera, que se pueda llevar a cabo el proceso de seguimiento, control de la evolución y desarrollo del fenómeno

“La Corporación expide esta resolución con recomendaciones muy concretas, haciendo un llamado a la comunidad del área rural del departamento para que acondicionen los sitios donde se capta el agua”, aseguró el ingeniero Luis Barraza, contratista adscrito a la subdirección de Gestión Ambiental.

Asimismo, sugirió al sector productivo el almacenamiento y reducción en el consumo, aplicandose todos los protocolos de uso eficiente del preciado líquido.

Entre las medidas adoptadas se encuentra priorizar el uso doméstico sobre los demás usos del agua, en el marco del artículo 43 del decreto 1541 de 1978; y, proteger las fuentes o depósitos de agua, incluyendo los que abastecen acueductos o suministros de agua para consumo humano.

Además, la prohibición de actividades que signifiquen un riesgo de contaminación de las fuentes de agua.

A esto se le suma, evitar la utilización de aguas superficiales y de agua potable para el llenado de piscinas, lavado de vehículos con aguas suministradas por redes de acueducto, riego de jardines y zonas verdes, entre otras.

Añadiendo, el control y seguimiento permanente sobre las fuentes abastecedoras de agua para la población.

En ese sentido, se debe realizar la programación y regulación de compuertas en las principales cuencas o fuentes hídricas, estableciendo turnos para su uso o distribuyendo porcentualmente los caudales utilizables, independiente que afecte derechos otorgados por concesiones o permisos.

Dentro de la medida también se exhorta a los alcaldes municipales del departamento, para que expidan los actos administrativos correspondientes tendientes a prohibir el desperdicio del agua en el área de su respectiva jurisdicción.

Lo anterior, con el apoyo de la Policía Nacional, que deberá ejercer las funciones de control y vigilancia del medio ambiente y los recursos naturales renovables.

Para prevenir los incendios forestales, la Corporación prohíbe a los municipios y en el área rural del distrito de Santa Marta, la realización de quemas a cielo abierto temporalmente.

Esto, para la preparación del suelo en actividades agrícolas, el descapote del terreno en actividades mineras, recolección de cosechas o disposición de rastrojos, realización de fogatas, actividades que involucren juegos artificiales o pirotécnicos, eliminación del raquis y del plástico, hasta tanto el Ideam informe que las condiciones climáticas han cesado.

Cabe resaltar que, la resolución expedida por Corpamag convoca a los alcaldes a la elaboración o actualización del Plan de Contingencia dentro del marco de sus competencias, donde incluyan proyectos y acciones para afrontar el fenómeno El Niño 2023-2024.

Asimismo, que, las autoridades municipales deberán ejecutarlos y activar los Comités Municipales de Gestión del Riesgo sobre incendios de cobertura vegetal, con el fin de evitar la ocurrencia y propagación de los mismos.

Finalmente, Corpamag invita a la ciudadanía y comunidad en general a tomar las medidas necesarias para evitar desabastecimiento de agua e incendios forestales en los municipio

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