Según el despacho, el demandante no argumentó la evidencia de la supuesta desviación de poder por parte de la Supersalud.
El Consejo de Estado negó la solicitud de medida cautelar para suspensión provisional de la resolución 2304 del 2020, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud, en la que se ordenaba la intervención del Hospital Julio Méndez Barreneche de Santa Marta.
De acuerdo con el documento, la nulidad del proceso que interpuso el ciudadano Hernando Zabaleta Echeverry en contra de la decisión de la Supersalud, en la que señala que no se tuvo en cuenta la solicitud del la Gobernación del Magdalena en noviembre de 2019 para intervención por problemas gerenciales que estaba presentándose dentro de la entidad.
Además, justificó que 40 días después de que la Gobernación nombrará un nuevo gerente en la institución, la orden interventora forzosa nombró un nuevo administrador del hospital.
El objetivo de esta demanda, es que el organismo de control ordene a la Supersalud entregar la autonomía a la Gobernación del Magdalena de la entidad y elegir nuevo gerente para administrar la institución. Asimismo, suspender la intervención forzosa a mando de la Superintendencia de Salud.
Sin embargo, el despacho justificó que el solicitante no cumplió con los requerimientos necesarios para otorgar dicha petición, por lo que la intervención forzosa ordenada por la Superintendencia se mantendrá vigentes.