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Colombia

Conozca los productos sin IVA por 3 días que quedaron en la reforma tributaria

Uno de los puntos más mencionado de la reforma tributaria, la cual quedó aprobada esta madrugad de viernes, fue el de los 3 días sin IVA para algunos productos del mercado.

Las fechas sin IVA todavía no están definida por la Dian. La norma se aplicará a ventas en locales comerciales físicos y al detal en todo el territorio nacional, entregando el bien en personas al comprador el mismo día.

Para que esto sea un hecho, se deberá expedir factura electrónica y el pago debe hacerse con tarjeta débito, crédito y otro mecanismo de pago electrónico. El comprador puede adquirir hasta tres unidades del mismo producto, es decir, de la misma referencia y marca.

Estos sería los montos, cantidades y artículos que se incluirán en esta nueva medida.

VESTUARIOS Y COMPLEMENTOS

En esta categoría quedan incluidas las prendas de todo tipo, entendiéndose por cualquier pieza de vestido calzado, sin tener en cuenta el material de elaborado, cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 342.700 pesos.

En la misma categoría quedarán incluidos los complementos de vestuarios como morrales, maletines, bolsos de mano, carteras, gafas de sol, paraguas, pañoletas y bisutería.

ELECTRODOMÉSTICOS

Durante estos tres días también quedarán exentos de IVA los siguientes artículos, cuyo valor no debe ser superior a 1’370.800 pesos.

Entre ellos televisores, parlantes de uso doméstico, tabletas, refrigeradores, congeladores, lavaplatos eléctricos, máquinas de lavar y secar, aspiradoras, enceradoras de piso, trituradores eléctricos de desperdicios, aparatos eléctricos para preparar y elaborar alimentos, máquinas de afeitar eléctricas, secadores eléctricos, planchas eléctricas, ventiladores de uso doméstico, aires acondicionados, hornos eléctricos, hornos microonda, planchas para cocinar, tostadores, cafeteras o teteras eléctricas.

JUGUETES

Los juguetes y juegos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 171.350 pesos.

Muñecas y muñecos que representen personajes, animales de juguete, muñecos de peluche y de trapo, instrumentos musicales de juguete, naipes, juegos de tablero, juegos electrónicos y videojuegos

trenes eléctricos, sets de construcción, juguetes con ruedas diseñados para ser utilizados como vehículos, rompecabezas

y canicas.

No incluye: bicicletas y triciclos para adultos, artículos de fiesta y carnavales, artículos recreativos, programas informáticos y softwares.

ELEMENTOS DEPORTIVOS

Estos son los elementos que quedarán sin IVA. Su precio debe ser igual o inferior a 342.700 pesos.

Entre ellas están: pelotas de caucho, bolas, balones, raquetas, bates, mazos, gafas de natación, zapatos especializados, trajes de neopreno, aletas, salvavidas, cascos, protectores de manos, codos y espinillas

ÚTILES ESCOLARES

Quedan exentos durante los tres días programados utensilios cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 102.810 pesos.

Cuadernos, libros, textos escolares, software educativo, lápices, esferos, borradores, tajalápices, correctores, plastilina, pegantes, tijeras y artículos necesarios para las actividades pedagógicas.

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