Con el Decreto 098 del 12 de mayo la Alcaldía de Santa Marta dictó nuevas disposiciones para la circulación en la ciudad.
La Alcaldía de Santa Marta emitió el decreto 098 del 12 de mayo, con el cual flexibilizó de cara a la disminución de casos de Covid-19 y dictó nuevas disposiciones para transitar por la ciudad
Una de las dudas que más se genera entre los lectores de Santa Marta Al Día con el nuevo documento, es en qué actividades es obligatorio el uso del ‘Pico y cédula’.
En ese sentido, en el decreto se específica que los ciudadanos deberán hacer uso del ‘Pico y cédula’ establecido para efectuar pagos y adquirir servicios en los siguientes establecimientos:
-Bancos.
-Financieras.
-Notarías.
-Oficina de Instrumentos Públicos.
-Registraduría del Estado Civil.
-Mercado Público.
-Secretaría de Movilidad Distrital y el SIETT.
Por otra parte, para hoteles, restaurantes, parques recreacionales y establecimientos de grandes superficies, como supermercados y centros comerciales, esta medida no aplica; es decir, las personas podrán acudir sin necesidad de que sea su día de ‘Pico y cédula’.
Además, esta medida tampoco regirá para el uso de playas, ríos y balnearios del Distrito, quienes funcionarán de acuerdo con el aforo permitido, y en los horarios de 09:00 a.m., hasta las 06:00 p.m.
Este decreto empezó a regir desde las 05:00 a.m., del día 13 de mayo y estará vigente hasta las 05:00 a.m., del 19 de mayo de 2021.