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Colombia

Conozca cuántos grados de alcoholemia existen y las sanciones según la ley

Las penalidades dependen de la reincidencia.

Conducir bajo los efectos de sustancias alcohólicas es uno de los factores protagonistas de un gran número de accidentes de tránsito que se presentan a nivel nacional.

Santa Marta ha sido testigo de ello. Recientemente se presentó un aparatoso accidente que cobró la vida de 6 jóvenes en la Troncal Del Caribe, a la altura del kilómetro 80 de la vía Santa Marta – Ciénaga.

El percance vial se produjo cuando un hombre identificado como Enrique Rafael Vives Caballero, se movilizaba a alta velocidad y bajo los efectos del alcohol en una camioneta HILUX, de placas MXL-186, embistió y acabó con la vida de estos adolescentes.

Pero, ¿Conoce usted cuáles son los grados de alcoholemia que considera la ley y cuáles son las sanciones a las que podría ser sometido si es sorprendido conduciendo en estado de alicoramiento?

Si no lo sabe, aquí se las explicamos.

Con el fin de determinar las penas y sanciones que, según el porcentaje de alcohol en la sangre que determina el alcoholímetro, se estipularon distintos grados o niveles de alcoholemia. Los cuales reflejaremos en la siguiente tabla:

Manejar, después de haber ingerido alcohol es un acto peligroso para ti y para todos aquellos conductores y pasajeros de la vía.

Por ello, en Colombia en el año 2012 se impusieron mayores sanciones y penas, para aquellos que cometan este acto de imprudencia y que luego de un test de alcoholemia dieran positivo en alguno de los grados de alcohol anteriormente expuestos en la tabla.

Las penas varían según el porcentaje de alcohol que se encuentre en el cuerpo del conductor al momento del test.

Multas.

Cabe resaltar que, la ley aclara que es obligatorio que cualquier conductor se someta a esta prueba. Si te sorprenden en un control policial y te niegas a realizar la prueba, la ley determina lo siguiente:

“Al conductor del vehículo automotor que pese a ser requerido por las autoridades de tránsito, con plenitud de garantías, no permita la realización de las pruebas físicas o clínicas a que se refiere la presente ley o se dé a la fuga, se le cancelará la licencia, se le impondrá multa correspondiente a mil cuatrocientos cuarenta (1.440) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv) y procederá la inmovilización del vehículo por veinte (20) días hábiles”.

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